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r7fd23dd r702deb2 1 \chapter{ Fundamentos Jur\'idicos}1 \chapter{Aproximaciones jur\'idicas} 2 2 \chapterauthors{E. Mora 3 3 \chapteraffil{Fundación Centro Nacional de Desarrollo e Investigación en Tecnologías Libres} 4 \label{chapter: fundamentosJuridicos}4 \label{chapter:aproximacionesJuridicas} 5 5 } 6 6 … … 45 45 por los responsable de recabar los datos o base de datos una vez que conozcan de 46 46 la dificultad que muestre la información. Este derecho es garantizado a los 47 titulares de datos en el Estado Venezolano mediante el recusode \textit{Habeas Data},47 titulares de datos en el Estado Venezolano mediante la acción de \textit{Habeas Data}, 48 48 que desarrollara más adelante. 49 49 … … 64 64 \end{quote} 65 65 66 Este es uno de los fundamentos (aparece por primera vez en la CRBV 1999) novedoso que liga el honor y la privacidad con con la libertad informática, siendo este un Derecho Humano de tercera generación\cite{cenditel_anonimato}, que de respuesta a la exigencia que se plantean a los Estados en torno a la regulación de las Tics. 67 66 Este es uno de los fundamentos (aparece por primera vez en la CRBV 1999) novedoso que liga el honor y la privacidad con la libertad informática, siendo este un Derecho Humano de cuarta generación\cite{cenditel_anonimato}, que de respuesta a la exigencia que se plantean a los Estados en torno a la regulación de las Tics. 68 67 69 68 … … 92 91 Garantía Consitucional, ya que le otorga la atribución a los ciudadanos de 93 92 "acceder a la información" y además establece los medios para hacer efectivo 94 este derecho. El \textit{Habeas Data} tiene por objeto principal determinar la violación 95 de la privacidad o intimidad, como punto de partida del ilícito cometido, siendo 96 además el único mecanismo de tutela de la libertad Informática \cite{SALAZAR} 93 este derecho. El \textit{Habeas Data} tiene por objeto determinar, entre otras cosas, la violación 94 de la privacidad o intimidad, como punto de partida del ilícito cometido, siendo, en el ámbito de las TI, el único mecanismo de tutela de la libertad Informática \cite{SALAZAR} 97 95 que se plantea en la Constitución. 98 96 … … 157 155 \subsection{Procedimiento de \textit{Habeas Data}} 158 156 159 En cuanto al procedimiento aplicable para solicitar la acción de \textit{Habeas Data},160 se rigió hasta el año 201 2 por el procedimiento establecido en el Código157 En cuanto al procedimiento aplicable para ejercer la acción de \textit{Habeas Data}, 158 se rigió hasta el año 2010 por el procedimiento establecido en el Código de Procedimiento 161 159 Civil para el Juicio Oral, pero con variantes dirigidas a: la oralidad, brevedad, 162 160 la inmediación y la concentración de este tipo de procesos, hasta el año 163 201 2sostuvo lo planteado en el fallo de 20 de enero y 1º de febrero de 2000:164 165 \begin{quote} 166 "que las normas constitucionales tienen vigencia plena y aplicación directa, y que cuando las leyes no han desarrollado su ejercicio y se requiere acudir a los tribunales de justicia, debido a la aplicación directa de dichas normas, es la jurisdicción constitucional, representada por esta Sala Constitucional, la que conocerá de las controversias que surjan con motivo de las normas constitucionales aún no desarrolladas legislativamente, hasta que las leyes que regulan la jurisdicción constitucional, decidan lo contrario …Existiendo en el país una Sala Constitucional, específica para conocer lo relativo a las infracciones de la Carta Fundamental, no parece lógico, ante el silencio de la ley, atribuir el conocimiento de estas causas a tribunales distintos. Tal interpretación es vinculante a partir de esta fecha y así se declara".167 \end{quote} 168 169 Sin embargo desde el año 201 2la Ley del Tribunal Supremo de Justicia en el161 2010 sostuvo lo planteado en el fallo de 20 de enero y 1º de febrero de 2000: 162 163 \begin{quote} 164 "que las normas constitucionales tienen vigencia plena y aplicación directa, y que cuando las leyes no han desarrollado su ejercicio y se requiere acudir a los tribunales de justicia, debido a la aplicación directa de dichas normas, es la jurisdicción constitucional, representada por esta Sala Constitucional, la que conocerá de las controversias que surjan con motivo de las normas constitucionales aún no desarrolladas legislativamente, hasta que las leyes que regulan la jurisdicción constitucional, decidan lo contrario. Existiendo en el país una Sala Constitucional, específica para conocer lo relativo a las infracciones de la Carta Fundamental, no parece lógico, ante el silencio de la ley, atribuir el conocimiento de estas causas a tribunales distintos. Tal interpretación es vinculante a partir de esta fecha y así se declara". 165 \end{quote} 166 167 Sin embargo desde el año 2010 la Ley del Tribunal Supremo de Justicia en el 170 168 titulo XI de las Disposiciones Transitorias en el capítulo IV, establece el 171 procedimiento aplicable en cuanto a la acción de amparo(\textit{Habeas Data}) del169 procedimiento aplicable en cuanto a la acción de (\textit{Habeas Data}) del 172 170 artículo 167 al 178.\footnote{Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia año 173 171 2012.}. … … 177 175 178 176 179 180 181 177 \begin{itemize} 182 178 \item \textbf{Requisitos de la demanda}\hfill\\ … … 201 197 En caso de que la acción de \textit{Habeas Data} trate sobre la corrección de errores de tipo numérico, mayúsculas, letras erradas u omisión de éstas, palabras mal escritas o errores ortográficos, traducción y transcripción errónea de nombres y apellidos, el procedimiento se limitará a demostrar el error ante el Juez . 202 198 203 El \textit{Habeas Data} aún debe ser desarrollado ampliamente , ya que en los términos en que se plantea en estos momento, más que una acción preventiva es una acción reactiva , es decir tal esta planteado no previene la comisión de ningún acto delictivo, es más bien un derecho que se obtendrá si la persona o institución se ve afectada por el manejo inadecuado de su información, es decir se debe espera el hecho para obtener el derecho. Es necesaria que la autoridades correspondiente se avoquen a las legislaciones en materia de \textit{Habeas Data}, esta ley debería desarrollar cada uno de los derechos otorgadas en el artículo 28 de la constitución, haciendo énfasis en el tema de la Soberanía Nacional y de la Seguridad de Estado, que aparece en la Ley de Infogobierno, en tal sentido la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología debería iniciar el procedimiento correspondiente para que se dicte la norma correspondiente, dejando claro allí los organismos de prevención control y supervisión de la información, además de hacer la clasificación de tipos de información en : Publica, Privada, Mixta o de Estado en este punto en particular se debería indicar cuando se podrá obtener información por Seguridad de la Nación, así como el uso y tratamiento que se la dará a la Información que proviene de los Organismos del Estado.199 El \textit{Habeas Data} aún debe ser desarrollado ampliamente , ya que en los términos en que se plantea en estos momento, más que una acción preventiva es una acción reactiva. Es necesaria que la autoridades correspondiente se avoquen a las legislaciones en materia de \textit{Habeas Data}, esta ley debería desarrollar cada uno de los derechos otorgadas en el artículo 28 de la constitución, haciendo énfasis en el tema de la Soberanía Nacional y de la Seguridad de Estado, que aparece en la Ley de Infogobierno, en tal sentido la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología debería iniciar el procedimiento correspondiente para que se dicte la norma correspondiente, dejando claro allí los organismos de prevención control y supervisión de la información, además de hacer la clasificación de tipos de información en : Publica, Privada, Mixta o de Estado en este punto en particular se debería indicar cuando no se podrá obtener información por Seguridad de la Nación, así como el uso y tratamiento que se la dará a la Información que proviene de los Organismos del Estado. 204 200 205 201 … … 278 274 \subsection{Características de los Delitos Informáticos} 279 275 280 Los delitos Informáticos se caracterizasegún Tellez en Estrada 2008 \cite{TIPOSPENALES:2014}.276 Los Delitos Informáticos se caracterizan según Tellez en Estrada 2008 \cite{TIPOSPENALES:2014}. 281 277 282 278 \begin{itemize} 283 279 \item son un tipo delictivo configurado dentro del los delitos de cuello blanco, 284 ya que solo un n umero determinado de personas con conocimientos especiales en el280 ya que solo un número determinado de personas con conocimientos especiales en el 285 281 área podrá ejecutarlos. 286 282 … … 289 285 290 286 \item Se ejecutan en oportunidades determinadas que ofrecen un alto porcentaje 291 de efectividad y creadas en el mundo del os sistemas tecnológicos.287 de efectividad. 292 288 293 289 \item Provocan fuertes perdidas económicas … … 296 292 que no es denunciada.} en torno a ellos es muy alta, es más el número de casos 297 293 ejecutados que los denunciados, en vista de la falta de regulación o el 298 desconocimiento de la población sobre estas.294 desconocimiento de la población sobre éstas. 299 295 300 296 \item Son muy sofisticados, suelen usarse para ataques militares o contra la 301 297 seguridad de Estado. 302 298 303 \item No son fáciles de comprobar ameritan de la inspección o peritaje por parte299 \item No son fáciles de comprobar, ameritan de la inspección o peritaje por parte 304 300 de expertos. 305 301 306 302 \item Ofrece facilidades para ser cometidas por niños, niñas o adolescentes. 307 303 308 \item Cada vez se proliferan más, y se modifican con los avances tecnológic as.304 \item Cada vez se proliferan más, y se modifican con los avances tecnológicos. 309 305 310 306 \item Son en su mayoría ilícitos impunes de manera manifiesta ante la Ley y el … … 313 309 \item Ameritan de regulación más especifica. 314 310 315 \item Pueden ser perpetrado contra personas, instituciones de carácter público o311 \item Pueden ser perpetrados contra personas, instituciones de carácter público o 316 312 privado. 317 313 318 314 \end{itemize} 319 Buscar Cita. 315 320 316 321 317 \end{enumerate} 322 318 323 Así las implicaciones del mal uso de las tecnológicas de la información y comunicación han hecho que se dicten regulaciones a fin prevenir y sancionar las conductas contrarias al orden social, relaciones que se caracterizaron por una una dinámica de interacción inicial muy democrática pero que con el pasos de los años se fue convirtiendo en caótica por la expansión desmedida y poco controlada de las tecnologías de la información, así las leyes, a raíz de estos hechos, fueron más de orden regulador y no sancionatorio, buscando principalmente respetar la libertad de expresión, y al principio de buena fe, es decir que no se daría un uso que fuese en contrario al orden social establecido y menos aún en contra de los bienes protegidos. Dentro de las primeras normas de carácter están: Ley Modelo promulgada por la Organización de Naciones Unidas, que regula el comercio electrónico, que tiene por objeto dictar normas que unifiquen criterios en el derecho interno de los estado parte, logrando su cometido ya que muchas de las normas relativas a la protección de los datos la emplean como fundamento, entre ellas la Ley de Mensajes de datos y Firmas Electrónicas Venezolana. De igual forma la Organización de Cooperación para el Desarrollo Económico promulgo normas de seguridad para los sistemas informáticos \cite{TIPOSPENALES:2014}. 324 325 Como respuesta a una serie de eventos que se vinieron suscitando a finales de los años noventa, tal es el caso de la clonación de tarjetas de débito y crédito y recargos en facturas telefónicas por llamadas internacionales, en Venezuela se promulga la Ley de Especial contra Delitos Informáticos, para aquel entonces, era clara la ausencia de leyes que pudieran dar respuesta a este tipo de infracciones, quedando en manos de los jueces la interpretación y adaptación de la norma existente a nuevos tipos penales, interpretaciones estas que carecían de sustento con respeto al principio de legalidad, ya que era casi imposible adaptar una conducta nueva a tipos penales que no fueron creados para ellas, se trataba de delitos diferentes y con recursos desconocidos por los administradores de justicia. 326 327 Es por ello que la Asamblea Nacional se plateó dentro la Comisión de Finanzas la creación una subcomisión para el estudio del fraude electrónico, dando como resultado la mencionada Ley, cuya característica principal es que fue hecha de forma participativa, tal como lo indica la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para ello se contó con el trabajo de un grupo de especialistas legales, dedicado a hacer una revisión de las incitativas legislativas que América Latina se habían venido llevando acabo en materia de delitos informáticos, técnicos en la materia y de la consulta entre distintos sectores públicos y privados vinculado a las Tecnologías de la Información \cite{TIPOSPENALES:2014}, dando como resultado una Ley previsiva y no reactiva, que pretendió dar respuesta no sólo a los ilícitos suscitados para aquel momento sino a aquellos que podrían llegar a suscitar en el futuro, o de los que ya se conocía su existencia en otros países. 328 329 330 \subsection{Tipificaciones de la LEDI} 331 332 La Ley especial contra Delitos Informáticos\footnote{Ley especial contra delitos Informáticos Gaceta Oficial N\grados 37.313 del 30 de octubre de 2001} buscó plantear los tipos de delitos vinculados a la Tecnologías de Información haciendo una clasificación de los mismos de acuerdo a el bien jurídico protegido y los hace de la siguiente forma: 333 334 335 \begin{itemize} 336 337 \item \textbf{Delitos contra los sistemas que usan tecnologías de Información}: en este 319 Así las implicaciones del mal uso de las tecnológicas de la información y comunicación han hecho que se dicten regulaciones a fin de prevenir y sancionar las conductas contrarias al orden social, caracterizadas por una dinámica de interacción inicial muy democrática pero que con el paso de los años se fue convirtiendo en caótica por la expansión desmedida y poco controlada de las tecnologías de la información, así las leyes, a raíz de estos hechos, fueron más de orden regulador y no sancionatorio, buscando principalmente respetar la libertad de expresión, y el principio de buena fe, es decir suponían que no se daría un uso que fuese en contrario al orden social establecido y menos aún en contra de los bienes socialmente protegidos. Dentro de las primeras normas de carácter están: Ley Modelo promulgada por la ONU, que regula el comercio electrónico, y que tiene por objeto dictar normas que unifiquen criterios en el derecho interno de los Estados integrantes, logrando su cometido ya que muchas de las normas relativas a la protección de los datos la emplean como fundamento, entre ellas la Ley de Mensajes de datos y Firmas Electrónicas Venezolana. De igual forma la Organización de Cooperación para el Desarrollo Económico promulgó normas de seguridad para los sistemas informáticos y el Décimo 320 Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y tratamiento del Delincuente de Viena 2000, que buscó investigar comportamiento delictivo puede producirse en un entorno electrónico y esbozar los tipos de delito previstos con respecto a las redes electrónicas internacionales y se exploran las razones por las cuales esos delitos requieren atención y esfuerzos combinados internacionalmente 2000\cite{TIPOSPENALES:2014}. 321 322 Como respuesta a una serie de eventos que se vinieron suscitando a finales de los años noventa, tal es el caso de la clonación de tarjetas de débito y crédito y recargos en facturas telefónicas por llamadas internacionales, en Venezuela se promulga la Ley de Especial contra Delitos Informáticos. Para aquel entonces, era clara la ausencia de leyes que pudieran dar respuesta a este tipo de infracciones, quedando en manos de los jueces la interpretación y adaptación de la norma existente a nuevos tipos penales, interpretaciones éstas que carecían de sustento con respeto al principio de legalidad, ya que era casi imposible adaptar una conducta nueva a tipos penales que no fueron creados para ellas, se trataba de delitos diferentes y con recursos desconocidos por los administradores de justicia. 323 324 Es por ello que la Asamblea Nacional se plateo dentro la Comisión de Finanzas la creación de una subcomisión para el estudio del fraude electrónico, dando como resultado la mencionada Ley, cuya característica principal es que fue hecha de forma participativa, tal como lo indica la CRBV, para ello se contó con el trabajo de un grupo de especialistas en el legal, dedicado a hacer una revisión de las incitativas legislativas que América Latina se habían venido llevando acabo en materia de delitos informáticos, acompañados a su vez de expertos en el área Informática, y de representantes de los distintos sectores públicos y privados vinculado a las Tecnologías de la Información \cite{TIPOSPENALES:2014}, dando como resultado una Ley busca prevenir y no reaccionar contra los ilícitos, con la intención de dar respuesta no sólo a los hechos delictivos suscitados para aquel momento sino a aquellos que podrían llegar a suscitar en el futuro, o de los que ya se conocía su existencia en otros países. 325 326 327 \subsection{Tipificaciones de la Ley Especial contra Delitos Informáticos} 328 329 La Ley especial contra Delitos Informáticos\footnote{Ley especial contra delitos Informáticos Gaceta Oficial N\grados 37.313 del 30 de octubre de 2001} buscó plantear los tipos de delitos vinculados a las Tecnologías de Información haciendo una clasificación de los mismos de acuerdo al bien jurídico protegido y los hace de la siguiente forma: 330 331 332 \begin{itemize} 333 334 \item \textbf{Delitos contra los sistemas que usan Tecnologías de Información}: en este 338 335 aparte de la Ley se encuentran tipificados los llamados \textbf{Delitos Informáticos de 339 336 Resultado}, que fueron descritos anteriormente, para los cuales de establecen … … 342 339 343 340 \begin{itemize} 344 \item El acceso indebido a los sistemas ,345 \item Sabotaje y daño a los sistemas ,346 \item El favorecimiento culposo del sabotaje o daño ,347 \item Los agravantes para el delito de sabotaje y acceso indebido ,341 \item El acceso indebido a los sistemas. 342 \item Sabotaje y daño a los sistemas. 343 \item El favorecimiento culposo del sabotaje o daño. 344 \item Los agravantes para el delito de sabotaje y acceso indebido. 348 345 \item Supuestos alternativos que prevé el uso de equipos para causar daño o 349 346 sabotaje 350 \item El espionaje informático establecido en el artículo 11 referido a,la351 obtención, revelación o difusión de la datainformación por acceso indebido o352 privilegiado al sistema ,se trata del ataque hecho a la toda la base de datos o353 a una parte de está y no a capturar información especifica sobre una persona,354 usualmente se hace con fines comerciales a empresas interesadas en la información355 para fines publicitarios o de estudios de mercad eo.347 \item El espionaje informático artículo 11 de la Ley referido a la 348 obtención, revelación o difusión de la data o información por acceso indebido o 349 privilegiado al sistema se trata del ataque hecho a la toda la base de datos o 350 a una parte de ésta y no a capturar información específica sobre una persona. 351 Usualmente se hace con fines comerciales a empresas interesadas en la información 352 para fines publicitarios o de estudios de mercado. 356 353 \item La falsificación de documentos, de importancia preponderante para el tema 357 de la Identidad Digital , este tipo provee la falsificación del documento no solo354 de la Identidad Digital. Este tipo provee la falsificación del documento no sólo 358 355 con la alteración del contenido o alteración del mismo, sino también plantea la 359 posibilidad del ocultamiento del documento para que no sea encontrado oportunamente ,356 posibilidad del ocultamiento del documento para que no sea encontrado oportunamente 360 357 como parte de la falsificación a fin de obtener algún beneficio, planteando dos 361 agravantes uno cuando el sujeto activo act uadocon el fin de obtener un beneficio358 agravantes uno cuando el sujeto activo actúa con el fin de obtener un beneficio 362 359 para él o un tercero y el otro corresponde a si le causa daño a cualquier persona 363 360 distinta a los sujetos activos en esta norma tipo \cite{FUENTES:2007}. … … 366 363 367 364 \item \textbf{Delitos contra la Propiedad}: este clasificación de delitos y las 368 subsiguientes están enmarcadas dentro del tipo \textbf{Delitos Informáticos de Medio}, 369 para algunos autores la técnica legislativa empleada en este aparte no es 370 adecuada, ya que se trata de tipos ya establecidos en Código Penal Venezolano 365 siguientes que se hacen en la Ley están enmarcadas dentro del tipo \textbf{Delitos Informáticos de Medio}. Para algunos autores la técnica legislativa empleada en este aparte no es adecuada, ya que se 366 trata de tipos ya establecidos en Código Penal Venezolano 371 367 cuya única distinción es el medio empleado para la consumación y el bien 372 tutelado, que en este caso puede ser intangible , las penas establecidas para368 tutelado, que en este caso puede ser intangible. Las penas establecidas para 373 369 estos tipos van de uno a seis años de prisión y multas de 200 a 1000 Unidades 374 370 Tributarias se encuentra a aquí: … … 376 372 \begin{itemize} 377 373 \item El hurto informático, se presenta cómo un tipo más amplio que el hurto 378 tradicional planteado en el código penal ya que prevé el hurto de bienes379 tangible e intangibles\footnote{Bienes Tangibles: Son todos aquellos bienes380 físicamente apreciables, es decir, que se pueden tocar y ocupan un espacio. Por374 tradicional planteado en el Código Penal ya que prevé el hurto de bienes 375 tangible e intangibles\footnote{Bienes tangibles: Son todos aquellos 376 bienes físicamente apreciables, es decir, que se pueden tocar y ocupan un espacio. Por 381 377 tanto, la inversión en bienes tangibles es aquella que consiste en comprar bienes 382 físicos, como sellos, obras de arte, árboles, libros, documentos, metales preciosos, j 383 oyas, etc.,con el fin de mantenerlos esperando que incrementen su precio378 físicos, como sellos, obras de arte, árboles, libros, documentos, metales preciosos, joyas, etc., 379 con el fin de mantenerlos esperando que incrementen su precio 384 380 (revalorización), para venderlos con posterioridad y obtener beneficios. 385 Bienes Intangibles: Son aquellos bienes que no poseen materialidad, por ejemplo381 Bienes intangibles: Son aquellos bienes que no poseen materialidad, por ejemplo 386 382 una determinada marca comercial. http://ibethgramajo.blogspot.com/2012/04/bienes-tangibles-e-intangibles.html 25/07/2014}. 387 383 388 384 \item El fraude, dentro de este tipo se encuentran los vinculados con el manejo 389 indebido de tarjetas inteligentes ( 390 Fraude esteque no es similar al establecido en el Código Penal, ya que el sujeto activo no engaña la buena fe sino que manipula un sistema a fin de obtener un provecho injusto y en perjuicio de un tercero \cite{LOGRERIA:2008}. En este particular se establecen modalidades vinculadas a las tarjetas inteligentes tales como:391 392 \begin{itemize} 393 \item Obtención indebida de bienes y servicios ,394 \item Manejo fraudulento de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos ,395 \item La apropiación de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos,396 \item La provisión indebida de bienes y servicios ,385 indebido de tarjetas inteligentes (de acceso, pago, crédito, débito, entre otras). 386 Fraude que no es similar al establecido en el Código Penal, ya que el sujeto activo no engaña la buena fe sino que manipula un sistema a fin de obtener un provecho injusto y en perjuicio de un tercero \cite{LOGRERIA:2008}. En este particular se establecen modalidades vinculadas a las tarjetas inteligentes tales como: 387 388 \begin{itemize} 389 \item Obtención indebida de bienes y servicios. 390 \item Manejo fraudulento de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos. 391 \item La apropiación de tarjetas inteligentes o análogos. 392 \item La provisión indebida de bienes y servicios. 397 393 \item La posesión de equipos de falsificación. 398 394 … … 402 398 403 399 \item \textbf{Delitos contra la privacidad de las personas y las comunicaciones}: 404 se prevé aquí la protección de los Derechos fundamentales de privacidad y la405 privacidad dela protección de las comunicaciones, con penas de dos a seis años400 se prevé aquí la protección de los Derechos fundamentales de privacidad y está con relación a 401 la protección de las comunicaciones, con penas de dos a seis años 406 402 de prisión y multas de 200 a 600 Unidades Tributarias, y está referido a: 407 403 408 404 \begin{itemize} 409 405 410 \item la violación de la privacidad de l a datao información de carácter personal,406 \item la violación de la privacidad de los datos o información de carácter personal, 411 407 planteando modalidades de posible invasión de la información que se encuentre 412 en un computador o en sistemas, entre las que se encuentra, acceso,captura,413 interceptación, interferencia, reproducción, modificación,desvío o eliminación408 en un computador o en sistemas, entre las que se encuentra, el acceso, la captura, 409 la interceptación, la interferencia, la reproducción, la modificación, el desvío o eliminación 414 410 de mensajes de datos o señales de transmisión o comunicación ajena; planteando 415 como sujeto activo cualquier persona a la que no est edirigida la comunicación y411 como sujeto activo cualquier persona a la que no esté dirigida la comunicación y 416 412 como sujeto pasivo las partes de la comunicación interceptada o grabada\footnote{Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia año 2012}. 417 413 418 \item la violación de la privacidad de las comunicaciones y por ultimo la 419 revelación indebida de datao información de carácter personal420 421 \end{itemize} 422 423 424 \item \textbf{Delitos contra los niños y adolescentes}: Esta clasificación busca solventar los vacíos que para el momento de la redacción de la Ley había en la Ley Orgánica de protección de niñas, niños y adolescentes, establece penas de dos a seis años de prisión y multas de 200 a 600 Unidades tributarias, abordando el uso ilícito de la tecnologías de la Información con el fin de:425 426 \begin{itemize} 427 \item La difusión o exhibición de material pornográfico,428 \item La exhibición pornográfica de niños y adolescentes.414 \item la violación de la privacidad de las comunicaciones y por ultimo la revelación 415 indebida de datos o información de carácter personal 416 417 \end{itemize} 418 419 420 \item \textbf{Delitos contra los niños y adolescentes}: Esta clasificación busca solventar los vacíos que para el momento de la redacción de la Ley Orgánica de protección de niñas, niños y adolescentes. Establece penas de dos a seis años de prisión y multas de 200 a 600 Unidades tributarias, abordando el uso ilícito de la Tecnologías de la Información con el fin de: 421 422 \begin{itemize} 423 \item La difusión o exhibición de forma masiva y pública de material pornográfico, 424 \item La exhibición de pornográfica de niños y adolescentes. 429 425 \end{itemize} 430 426 431 427 \item \textbf{Delitos contra el orden económico}: establece penas de uno a cinco 432 años de prisión y multas de 100 a 500 Unidades Tributarias, y estipula la;433 434 \begin{itemize} 435 \item La apropiación indebida de la propiedad intelectual ,428 años de prisión y multas de 100 a 500 Unidades Tributarias, y estipula: 429 430 \begin{itemize} 431 \item La apropiación indebida de la propiedad intelectual. 436 432 \item Ofertas engañosas. 437 433 \end{itemize} … … 440 436 441 437 442 La L eyademás de las sanciones privativas de libertad y pecuniarias establece438 La LEDI además de las sanciones privativas de libertad y pecuniarias establece 443 439 también penas accesorias tales como: comiso, trabajo comunitario, inhabilitación 444 440 de funciones, suspensión de registro o permisos de operación. 445 441 446 En general esta ley fue una novedad para el momento en que se promulgo, sin embargo aún cuando con ella se buscaba un ley previsiva 447 448 Es propicio entonces plantearse una reforma a la Ley, donde el Ministerio del Poder Popular de Ciencia, Tecnología e Innovación tenga un papel protagonico, a través de los distintos organismos que le representan,en conjunto con los administradores de justicia, velando entones por una Ley, que entre otras cosas tome en consideración la experiencia de Jueces, fiscales, defensores públicos y privados, así como de la sociedad en general, ya que hoy en día es un poco ingenuo pensar que tan sólo algunos forman parte del Sector Tecnología de la información, participación que permitirá fomentar buenas practicas y una cultura de prevención. Asímismo la redacción de la norma tipo debe cuidar el orden jurídico y técnico, además de ampliar la categorías de clasificación, donde necesariamente, debe existir un aparte dedicado a la Firma Electrónica, la información y comunicación, así cómo a la Seguridad de Estado, ampliando y mejorando también el aparte dedicado a la Privacidad regulando el tan discutido tema del anonimato, además de plantear un sistema de colaboración de Justicia a nivel internacional, ya que se trata, en muchos de los casos, de delitos cuyo sujeto activo no se encuentra en el territorio nacional.442 En general esta ley fue una novedad para el momento en que se promulgo, sin embargo aún cuando con ella se buscaba un ley previsiva, que pudiese ser útil con el pasar del los años, por aquello de los avances que materia de tecnologías de la información se dan constantemente, a la fecha resulta ser poco practica ya que ha venido arrastrado con algunas deficiencias en las tipificaciones establecidas, que no han permitido que este instrumento jurídico de la respuesta esperada ante los llamados delitos Informáticos, ya que presenta algunos problemas de redacción jurídica que dan lugar interpretaciones imprecisas por parte del Juzgador \cite{TIPOSPENALES:2014}. 443 444 Es propicio entonces plantearse una reforma a la Ley, donde el Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología tenga un papel protagonico, a través de los distintos organismos que le representan, en conjunto con los administradores de justicia, velando entones por una Ley, que entre otras cosas tome en consideración la experiencia de Jueces, Fiscales, Defensores Públicos y Privados, así como de la sociedad en general, ya que hoy en día es ingenuo pensar que tan sólo algunos forman parte del Sector Tecnología de la información. Asimismo la redacción de la norma tipo debe cuidar el orden jurídico y técnico, además de ampliar la categorías de clasificación, donde necesariamente, debe existir un aparte dedicado a la Firma Electrónica, la Información y Comunicación, así cómo a la Seguridad de Estado, Soberanía Nacional, ampliando y mejorando también el aparte dedicado a la Privacidad regulando el tan discutido tema del anonimato, además de plantear un sistema de colaboración de Justicia a nivel internacional, ya que se trata, en muchos de los casos, de delitos cuyo sujeto activo no se encuentra en el territorio nacional. 449 445 450 446 … … 453 449 454 450 Los nuevos patrones que han sido incorporados a la vida del Venezolano por el 455 uso de las nuevas tecnologías de la Información, ha resultado en la incorporación456 de en el ámbito Jurídico de Normas que permiten dar orden y regular la trasferencia457 de mensajes de forma electrónica, tal es el caso del Decreto con fuerza de Ley 458 Mensajes de Datos y firmas Electrónicas\footnote{Decreto con Fuerza de Ley Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. Gaceta Oficial N\grados 37148 28/02/2001},459 Ley estaque encontró fundamento legal451 uso de las nuevas Tecnologías de la Información, han resultado en la incorporación 452 en el ámbito Jurídico de normas que permiten dar orden y regular la transferencia 453 de mensajes de forma electrónica, tal es el caso del Decreto con fuerza de Ley de 454 Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas\footnote{Decreto con Fuerza de Ley Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas. Gaceta Oficial N\grados 37148 28/02/2001}, 455 Ley que encontró fundamento legal 460 456 en el decreto Nº 8252\footnote{Decreto Nº 825 Gaceta Oficial N\grados 36955 del 22/05/2000} 461 457 en el que el Gobierno Bolivariano declara el acceso a la 462 458 Internet como política pública que potencia el desarrollo cultural, social y 463 459 económico de la República, impulsando el intercambio de información, no sólo entre 464 organismos públicos, sino entre estos y particulares, o simplemente entre particulares.460 organismos públicos, sino entre éstos y particulares, o simplemente entre particulares. 465 461 Asimismo en el marco de la Ley Habilitante\footnote{Ley que autoriza al Presidente de la República para dictar 466 462 Decretos con Rango y Fuerza de Ley en las materias que se le delegan Gaceta Oficial N\grados 37076 del 13/11/2000} donde se le otorga al Presidente de la … … 469 465 las comunicaciones electrónicas; además debía promover el uso y la seguridad del 470 466 comercio electrónico y la transmisión de datos, dictando medidas para regular el 471 uso de la firma, tramitación y formalización de documentos. El literal C de esta472 misma Ley establece como responsables de realizar el Proyecto inicial, a fin de467 uso de la firma, tramitación y formalización de documentos. De igual forma el literal C de esta 468 misma Ley Habilitante establece como responsables de realizar el Proyecto inicial, a fin de 473 469 ser presentado ante el ejecutivo Nacional, de la Ley de Mensajes de Datos y Firmas 474 electrónicas, a la Cámara Venezolano- Americana de comercio e Industria, la Cámara470 electrónicas, a la Cámara Venezolano- Americana de Comercio e Industria, la Cámara 475 471 Venezolana de Comercio Electrónico (CAVECOM-E) junto con el Ministerio de Ciencia y 476 Tecnología ( hoy Ministerio del Poder popular para Ciencia Tecnología e Innovación),472 Tecnología ( hoy Ministerio del Poder popular para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología), 477 473 tomando como referencia internacional para su concepción, la Ley de Comercio 478 474 Electrónico de 1999 de la República de Colombia, y al igual que la Ley de Delitos … … 493 489 494 490 El resultado del trabajo conjunto entre los sectores vinculados a la materia 495 del comercio electrónico y el ejecutivo Nacional fue una Ley de Mensajes de491 del comercio electrónico y el Ejecutivo Nacional fue una Ley de Mensajes de 496 492 Datos y Firmas Electrónicas, en lo sucesivo LMDFE, que se constituyó en un 497 493 verdadero avance jurídico, configurando una serie de dispositivos para que el … … 499 495 mismo valor de instrumentos jurídicos y/o probatorios análogos ya existentes en 500 496 ordenamiento Nacional (Codigo Civil y Código de Procedimiento Civil). En tal sentido se establece en la exposición de la LMDFE, 501 es indispensable dar valor probatorio a al uso de los medios electrónicos,antes502 mencionados, en los proceso administrativos y judiciales, evitando así que sea el497 es indispensable dar valor probatorio al uso de los medios electrónicos antes 498 mencionados, en los procesos administrativos y judiciales, evitando así que sea el 503 499 Juez quien considere la validez jurídica por ausencia de una regulación expresa \cite{FUENTES:2007}. 504 500 505 Se Crea con esta Ley la Superintendencia de de Servicios de certificación506 Electrónica (SUSCERTE) la cual esentra oficialmente en funcionamiento en enero507 de 2008 y cuyo objetivo es el de ,coordinar e implementar el modelo jerárquico501 Se Crea con esta Ley la Superintendencia de Servicios de Certificación 502 Electrónica (SUSCERTE) que entra oficialmente en funcionamiento en enero 503 de 2008 y cuyo objetivo es el de coordinar e implementar el modelo jerárquico 508 504 de la infraestructura Nacional de Certificación Electrónica, además de acreditar, 509 505 supervisar y controlar a los Proveedores de Servicios de Certificación (PSC) y es a … … 513 509 obtener un mejor funcionamiento y proporcionar niveles de seguridad confiables\footnote{http://www.suscerte.gob.ve 4/8/2014}. 514 510 515 En l ineas generales la LMDFE se guía por nueve principios, que serán descritos511 En líneas generales la LMDFE se guía por nueve principios, que son descritos 516 512 brevemente a continuación: 517 513 … … 519 515 520 516 521 \item \textbf{Eficacia Probatoria}: busca otorgar seguridad jurídica a los mensajes de datos otorgándole el mismo Valor probatorio de que se le da a los instrumentos escritos y su incorporación al proceso judicial se hará mediante lo establecido en el Código Civil para Pruebas Libres\footnote{Artículo 365 del Código de Procedimiento Civil.}, aeste principio se le denomina también Regla de la Equidad Funcional, que busca equiparar los documentos con soporte electrónico a los documentos con soporte en papel, según Martínez 2000 en Peñaranda 2011 se trata de igualar la validez y los efectos de la firma electrónica a la manuscrita \cite{PENARANDA:2011}.522 523 524 \item \textbf{Principio de Neutralidad tecnológica}: Más que tratarse de Neutralidad,517 \item \textbf{Eficacia Probatoria}: busca otorgar seguridad jurídica a los mensajes de datos otorgándole el mismo valor probatorio de que se le da a los instrumentos escritos y su incorporación al proceso judicial se hará mediante lo establecido en el Código de Procedimiento Civil para Pruebas Libres\footnote{Artículo 365 del Código de Procedimiento Civil.}. A este principio se le denomina también Regla de la Equidad Funcional, que busca equiparar los documentos con soporte electrónico a los documentos con soporte en papel, según Martínez 2000 en Peñaranda 2011 se trata de igualar la validez y los efectos de la firma electrónica a la manuscrita \cite{PENARANDA:2011}. 518 519 520 \item \textbf{Principio de neutralidad tecnológica}: Más que tratarse de neutralidad, 525 521 este principio busca la posibilidad de que el Estado escoja el tipo de Tecnología 526 522 que mejor se acople a las necesidades del mismo, por ende no se podría hablar de 527 Neutralidad cómo tal, mas bien se trata de utilidad Tecnoligíca, es probable que523 neutralidad cómo tal, mas bien se trata de utilidad Tecnológica. Es probable que 528 524 en el momento de la redacción, y por el tipo de actores que desarrollaron el 529 525 proyecto inicial, se plantearon emplear tecnologías útiles y adaptables a las 530 necesidades propias de los Venezolanos como Neutralidad, sin embargo el concepto531 planteado en la exposición de motivos, cuando dice “se incluirán los desarrollos526 necesidades propias de los Venezolanos como neutralidad, sin embargo el concepto 527 planteado en la exposición de motivos, cuando dice "se incluirán los desarrollos 532 528 tecnológicos que se produzcan a futuro: A tal efecto sus normas serán desarrolladas e 533 interpretadas progresivamente ”la Ley deja entre ver que se trata de buscar la mejor534 opsición 529 interpretadas progresivamente" la Ley deja entre ver que se trata de buscar la mejor 530 opsición, es pertinente entonces mencionar que la Ley de Infogobierno en el 535 531 artículo 34 establece que: 536 532 … … 549 545 550 546 En este sentido las tecnologías, empleadas por el Estado para la implementación 551 de la LMDFE deberán desarrollarse bajo programas informáticos en software Libre,547 de la LMDFE deberán desarrollarse bajo programas informáticos en software libre, 552 548 con el fin de fomentar la independencia tecnológica y con ello fortalecer el 553 549 ejercicio de la soberanía nacional, sobre la base del conocimiento y uso de las … … 558 554 559 555 \begin{quote} 560 El legislador enfrenta dificultades al redactar normas que resultan absolutamente556 "El legislador enfrenta dificultades al redactar normas que resultan absolutamente 561 557 neutras tecnológicamente ya que el contenido y la estructura de las normas 562 558 reguladoras , sobre todo en materia de firma electrónica, sigue los esquemas … … 570 566 de un número de identificación personal. Rondón A Comentarios generales al Decreto 571 567 ley de Mensaje de Datos y Firmas electrónicas de la República Bolivariana de 572 Venezuela}, la única que se equipara con la firma autógrafa .573 \end{quote} 574 575 No asumir una tecnología determinada le permit ió al legislador no perder eficacia y efectividad con el pasar de los años, o como ocurrió con otras normas en la materia, sin embargo con la entrada en vigencia de la Ley de infogobierno, al menos en el caso del Estado Venezolano, deberán emplearse sistemas con \textbf{estándares abiertos}, aplicado así mismo las excepciones a que haya lugar:568 Venezuela}, la única que se equipara con la firma autógrafa". 569 \end{quote} 570 571 No asumir una tecnología determinada le permite al legislador no perder eficacia y efectividad con el pasar de los años, o como ocurrió con otras normas en la materia, sin embargo con la entrada en vigencia de la Ley de infogobierno, al menos en el caso del Estado Venezolano, deberán emplearse sistemas con \textbf{estándares abiertos}, aplicado así mismo las excepciones a que haya lugar. 576 572 577 573 … … 580 576 no pretende suplantar la firma manuscrita por la Electrónica o alterar las formas 581 577 ya existentes, simplemente le da validez jurídica a los mensajes de datos firmados 582 electr onicamente.583 584 \item \textbf{Otorgamiento y reconocimiento jurídico de los Mensajes de Datos y585 Firmas electrónicas}:586 Con la entrada en vigencia del decreto LMDFE se asegura el reconocimiento jurídico de los mensajes de datos, firmas electrónicas y alos proveedores de servicio Nacionales e Internacionales, estableciendo claramente las funciones y obligaciones de los mismos.578 electrónicamente. 579 580 \item \textbf{Otorgamiento y reconocimiento jurídico de los mensajes de datos y 581 firmas electrónicas}: 582 con la entrada en vigencia del decreto LMDFE se asegura el reconocimiento jurídico de los mensajes de datos, firmas electrónicas y de los proveedores de servicio Nacionales e Internacionales, estableciendo claramente las funciones y obligaciones de los mismos. 587 583 588 584 \item \textbf{Funcionamiento de la Firma Electrónica}: 589 Estable un marco jurídico con los criterios fundamentales para otorgar validez590 a la Firma y así asegura el adecuado funcionamiento de la misma.591 592 \item \textbf{No Discriminación de los mensajes de datos firmados electrónicamente}:593 Se le otorga a la Firma electrónica el mismo valor de la firma manuscrita, con lo cual no se permite que la misma sea cuestionada por que se presente bajo formato de mensajes de datos, con lo que se genera para el Estado la el deber que generar medios que permitan crear confianza entre los ciudadano, abriendo con este principio la posibilidad de que aquellos que realicen negocios jurídicos electrónicamente tendrán la misma condición de los que lo hacen por escrito, los artículos de la LDMFE 6 y 7 denotan muy bien este principio.585 estable un marco jurídico con los criterios fundamentales para otorgar validez 586 a la firma y así asegura el adecuado funcionamiento de la misma. 587 588 \item \textbf{No discriminación de los mensajes de datos firmados electrónicamente}: 589 Se le otorga a la Firma electrónica el mismo valor de la firma manuscrita, con lo cual no se permite que la misma sea cuestionada por que se presente bajo formato de mensajes de datos, esto genera a su vez para el Estado el deber que crear medios que permitan crear confianza entre los ciudadano, abriendo con este principio la posibilidad de que aquellos que realicen negocios jurídicos electrónicamente tendrán la misma seguridad jurídica de los que lo se hacen por escrito. Los artículos de la LDMFE 6 y 7 denotan muy bien este principio. 594 590 595 591 596 592 597 593 \item \textbf{Libertad contractual}: 598 Las partes no tendrán para realizar las negaciones por vía electrónica mas limitaciones599 que las que establezcan las normas de orden publico, a saber el Código de600 comercio, código civil, entre otras.594 las partes no tendrán para realizar las negaciones por vía electrónica más limitaciones 595 que las que establezcan las normas, a saber el Código de 596 Comercio, Código Civil, entre otras. 601 597 602 598 \item \textbf{Responsabilidad}: 603 Le permite a las ciudadanas y ciudadanos exceptuarse de responsabilidad sobre el mensaje de datos, siempre que demuestren que han hecho lo necesario según las circunstancias, de igual manera los proveedores de servicios pueden limitarla. 604 605 \end{itemize} 606 607 \subsection{Los Mensajes de Datos en la LDMFE} 608 609 Se Define cómo mensajes de Datos a: 610 En la Ley contra Delitos Informáticos se define Mensaje de datos cómo: 599 le permite a las ciudadanas y ciudadanos exceptuarse de responsabilidad sobre el mensaje de dato, siempre que demuestren que han hecho lo necesario según las circunstancias, de igual manera los proveedores de servicios pueden limitarla. 600 601 \end{itemize} 602 603 \subsection{Los mensajes de datos en la LDMFE} 604 605 Se define cómo mensajes de Datos: 611 606 cualquier pensamiento, idea, imagen, audio, data o información, expresados 612 607 en un lenguaje conocido que puede ser explícito o secreto (encriptado), … … 614 609 comunicaciones\footnote{Artículo 2 Ley Especial Contra los Delitos Informáticos}. 615 610 616 El artículo 2 de la leydefine mensaje de datos como:611 El artículo 2 de la LMDFE define mensaje de datos como: 617 612 618 613 \begin{quote} 619 614 "Toda Información inteligible 620 en formato electrónico o similar que puede ser o intercambiado por cualquier medio"615 en formato electrónico o similar que puede ser o no intercambiado por cualquier medio" 621 616 \end{quote} 622 617 623 618 Esta es una definición muy amplia que a los efectos de la interpretación jurídica 624 debe ser restringida, considerando que tal c ómo lo explica \cite{ODREMAN:2003}, no toda619 debe ser restringida, considerando que tal como lo explica \cite{ODREMAN:2003}, no toda 625 620 información o manifestación realizada a través de la tecnología deriva en efecto 626 621 jurídicos, como manifestación de la voluntad de los particulares. … … 628 623 629 624 El documento tradicionalmente conocido, se trata de un escrito impreso en papel 630 en el que se consigna un hecho que deja constancia de unmanifestación de631 voluntad con características que producen efectos Jurídicos \cite{LONRENZETTI:2000}, los mensajes de632 datos no se miden por la escritura se hace por bits y de igual forma en ellos625 en el que se consigna un hecho que deja constancia de manifestación de 626 voluntad con características que producen efectos jurídicos \cite{LONRENZETTI:2000}, los mensajes de 627 datos no se miden por la escritura, se hace por Bytes y de igual forma en ellos 633 628 se puede dar una manifestación de voluntad produciendo los mismos efectos que un documento escrito. 634 629 635 630 636 \subsection{Eficacia Probatoria}631 \subsection{Eficacia probatoria} 637 632 638 633 En este sentido la LMDFE, estable en su artículo 4 que los mensajes de datos … … 649 644 electrónico \cite{ODREMAN:2003}. 650 645 651 Al respecto el Código Civil Venezolano, en el artículo 1355, define documento646 El Código Civil Venezolano, en el artículo 1355, define documento 652 647 cómo “El instrumento redactado por las partes y contentivo de sus convenciones 653 648 es sólo un medio probatorio; su validez o su nulidad no tiene ninguna influencia 654 649 sobre la validez del hecho jurídico que está destinado a probar, salvo los casos 655 650 en que el instrumenta se requiera como solemnidad del acto.” 656 Estos a su vez pueden ser \textbf{públicos} que se define en el art 1.357 CC cómo el651 Estos a su vez pueden ser \textbf{públicos} se define en el art 1.357 CC como el 657 652 Instrumento público o auténtico es el que ha sido autorizado con las solemnidades 658 653 legales por un Registrador, por un Juez u otro funcionario o empleado público que 659 tenga facultad para dar fe pública, en el lugar donde el instrumento se haya autorizado .660 Yde carácter de \textbf{privado} que se han definido doctrinariamente cómo, el redactado por654 tenga facultad para dar fe pública, en el lugar donde el instrumento se haya autorizado; 655 y de carácter de \textbf{privado} que se han definido doctrinariamente cómo, el redactado por 661 656 las partes interesadas, con testigo o sin ellos, pero sin intervención de registrador, 662 657 notario u otro funcionario público que le de fe o autoridad. 663 Documentos administrativos.664 658 665 659 666 660 Surge entonces la pregunta, ¿qué tipo de tratamiento se le dará al mensaje datos, 667 (como documento electrónico) cómo documento Público o privado?, a partir de la661 como documento Público o privado?, a partir de la 668 662 puesta en vigencia de la Ley de Registro Público y Notariado los documentos 669 Firmados Electrónicamente, emitida por un PSC que esteacreditado por SUSCERTE,670 tienen el mismo valor probatori ade los documentos públicos, ya que se reconoce663 firmados electrónicamente, emitida por un PSC que esté acreditado por SUSCERTE, 664 tienen el mismo valor probatorio de los documentos públicos, ya que se reconoce 671 665 la firma electrónica como análoga a la manuscrita de los registradores (as) y 672 666 notarios (as)\footnote{Artículo 24 Ley de Registros Públicos y Notariado}. … … 679 673 Brewer y Superlano (2004) en \cite{URDANETA:2010} opinan que: 680 674 \begin{quote} 681 "...la valoración del documento electrónico es , esidéntica al documento tradicional.675 "...la valoración del documento electrónico es idéntica al documento tradicional. 682 676 En consecuencia su valoración y eficacia como medio probatorio, será igual a la 683 677 de cualquier documento convencional, sometido a las mismas reglas de apreciación … … 690 684 \end{quote} 691 685 692 Criterio este que es compartido por la autora de esta investigación, el mensaje de693 datos reúne todos los requisitos para ser considerado documento , ya que en el se puede entre otras cosas manifestar la voluntad de las partes, no sólo para realizar un negocio jurídico sino para también perfeccionar cualquier acto jurídico que no merite el contacto físico directo entre las partes, y dependerá de la circunstancias de hecho y de derecho, es decir de la naturaleza y origen de los actos que pretenda demostrar, el que se asuma como documento público haciendo prueba \textbf{erga omnes} o privado, haciendo prueba entre las partes, definirlo únicamente como un686 Criterio este que es compartido por la autora del capitulo, el mensaje de 687 datos reúne todos los requisitos para ser considerado documento público o privado, ya que en el se puede entre otras cosas manifestar la voluntad de las partes, no sólo para realizar un negocio jurídico sino para también perfeccionar cualquier acto jurídico que no amerite el contacto físico directo entre las partes, y dependerá de las circunstancias de hecho y de derecho, es decir de la naturaleza y origen de los actos que pretenda demostrar, el que se asuma como documento público haciendo prueba \textbf\textit{{erga omnes}} o privado, haciendo prueba entre las partes, definirlo únicamente como un 694 688 documento privado, tal como lo hacen varios autores, seria desconocer la intención 695 689 del legislador al asociarlo a la firma electrónica avanzada, y crear SUSCERTE con … … 701 695 702 696 703 El mensaje también pu de ser valorada con un rango inferior a la prueba por escrito en caso de que no contenga los elementos exigidos por LMDFE, no negando a aquellos no estén firmados electrónicamente la posibilidad de servir como elemento probatorios. Salgueiro (2008) en \cite{URDANETA:2010} señala dos casos: a) Un simple correo electrónico que no esta asociado a una firma electrónica, el mismo podrá ser valorado por el Juez acompañado por otros elementos probatorios que sustenten el contenido. b) el mensaje impreso que tiene el mismo valor probatorio de las Fotocopias.704 705 Al respecto la sala de casación civil en fecha 06 de abril de 2011 Indicó:697 El mensaje también puede ser valorado con un rango inferior a la prueba por escrito en caso de que no contenga los elementos exigidos por LMDFE, no negando a aquellos que no estén firmados electrónicamente la posibilidad de servir como elemento probatorio. Salgueiro (2008) en \cite{URDANETA:2010} señala dos casos: a) un simple correo electrónico que no está asociado a una firma electrónica, el mismo podrá ser valorado por el Juez acompañado por otros elementos probatorios que sustenten el contenido. b) el mensaje impreso que tiene el mismo valor probatorio de las fotocopias. 698 699 Al respecto la sala de casación civil en fecha 06 de abril de 2011 indicó: 706 700 707 701 \begin{quote} … … 714 708 \end{quote} 715 709 716 De igual manera el artículo 4 de la LDMFE establece que; la promoción, control, contradicción y evacuación de los mensajes de datos como medio de prueba, se realizará conforme a lo previsto para las \textbf{Pruebas Libres} en el Código de Procedimiento Civil; esto permite que le mensaje de datos pueda trasladarse al expediente en otras formas además de la impresa, mediante la experticia, inspección judicial o experimento judicial, podrá llevarse por otros medios o formatos que determinan el contenido, alcance de aquello que se encuentra plasmado en el documento, para lo cual la parte interesa pude solicitarle al Juez su traslado a un lugar determinado donde se encuentra un servidor o disco duro que contenga el mensaje de datos \cite{ODREMAN:2003}. 717 718 También se podría solicitar una experticia y/o inspección asistida por expertos computacionales, aquí el El Centro Nacional de Informática Forense (CENIF)\footnote{El CENIF: es un laboratorio de informática forense para la adquisición, análisis, preservación y presentación de las evidencias relacionadas a la tecnologías de información y comunicación, con el objeto de prestar apoyo a los cuerpos de investigación judicial órganos y entes del Estado que así lo requieran. http://www.suscerte.gob.ve/cenif/} juega un papel importante ya que es el organismos del Estado encargado del área y su misión es auxiliar a abogados, fiscales y jueces a identificar, preservar y analizar datos almacenados en medios magnéticos y transacciones electrónicas en un litigio judicial o extrajudicial; una vez hecha la valoración forense respectiva se dejará constancia de los elementos de interés que interesa aclarar del mensaje de datos. 710 De igual manera el artículo 4 de la LDMFE establece que; la promoción, control, contradicción y evacuación de los mensajes de datos como medio de prueba, se realizará conforme a lo previsto para las \textbf{Pruebas Libres} en el Código de Procedimiento Civil; esto permite que el mensaje de datos pueda trasladarse al expediente en otras formas además de la impresa, mediante la experticia, inspección judicial o experimento judicial, podrá llevarse por otros medios o formatos que determinan el contenido, alcance de aquello que se encuentra plasmado en el documento, para lo cual la parte interesada puede solicitarle al Juez su traslado a un lugar determinado donde se encuentra el sistema de almacenamiento que contenga el mensaje de datos \cite{ODREMAN:2003}. 711 712 También se podría solicitar una experticia y/o inspección asistida por expertos computacionales. El Centro Nacional de Informática Forense (CENIF)\footnote{El CENIF: es un laboratorio de informática forense para la adquisición, análisis, preservación y presentación de las evidencias relacionadas con la tecnologías de información y comunicación, con el objeto de prestar apoyo a los cuerpos de investigación judicial, órganos y entes del Estado que así lo requieran. http://www.suscerte.gob.ve/cenif/} juega un papel importante ya que es el organismos del Estado encargado del área, su misión es auxiliar a abogados, fiscales y jueces a identificar, preservar y analizar datos almacenados en medios magnéticos y transacciones electrónicas en un litigio judicial o extrajudicial; una vez hecha la valoración forense respectiva se dejará 713 constancia de los elementos que interesan aclarar del mensaje de datos. 719 714 720 715 721 716 \subsection{Requisitos del Mensaje} 722 717 723 Ahora Bien para que el mensaje de datos sea considerado de cualesquiera de las formas descritas \textbf{ut supra} deberá reunir una serie de requisitos; que se plantean primordialmente en el artículo 7 de la LMDFE 718 Para que el mensaje de datos sea considerado de cualesquiera de las formas descritas \textbf{ut supra} deberá reunir una serie de requisitos que se plantean primordialmente en el artículo 7 de la LMDFE: 724 719 725 720 \begin{itemize} 726 721 \item Mantener la integridad del mensaje original. 727 722 \item Que el contenido se mantenga disponible. 728 \item Que el mensaje se permanezca en el formato que fue generado723 \item Que el mensaje permanezca en el formato que fue generado. 729 724 \item Que se conserven los datos que permitan determinar el origen, fecha, 730 recepción y destino del mensaje ,731 \item Que el mensaje permanezca integro, manteniéndose inalterable desde que se732 generó, excepto aquellos que por algún cambio por procesos propios del sistema.725 recepción y destino del mensaje. 726 \item Que el mensaje permanezca íntegro, manteniéndose inalterable desde que se 727 generó, excepto aquellos que hayan cambiado por procesos propios del sistema. 733 728 734 729 \end{itemize} 735 730 736 731 737 A su vez Rico (2005) en \cite{URDANETA:2010} identifica siete requisitos de veracidad y autenticidad que debe tener para que el documento electrónico, para quesea considerado como medio de prueba:732 A su vez Rico (2005) en \cite{URDANETA:2010} identifica siete requisitos de veracidad y autenticidad que debe tener para que el documento electrónico sea considerado como medio de prueba: 738 733 739 734 \begin{itemize} 740 735 \item La calidad de los sistemas utilizados para la elaboración y almacenamiento 741 736 del documento, lo que incluye hardware y software. 742 \item Veracidad de la Información, el contenido del mensaje remitido debe ser737 \item Veracidad de la información. El contenido del mensaje remitido debe ser 743 738 idéntico al del mensaje recibido por el destinatario. 744 \item La conservación del mensaje de datos y la posibilidad de que este sea recuperado.745 \item La legibilidad del documento Electrónico.739 \item La conservación del mensaje de datos y la posibilidad de que éste sea recuperado. 740 \item La legibilidad del documento electrónico. 746 741 \item La posibilidad de identificar a los sujetos participantes y las operaciones 747 742 realizadas por cada uno ellos en el proceso de elaboración del documento. 748 \item La atribución a una persona determinada lacalidad de autor (Autenticidad743 \item La atribución a una persona determinada en calidad de autor (Autenticidad 749 744 del mensaje), que se verifica mediante le uso de la firma electrónica. 750 745 \item La fiabilidad de los sistemas utilizados para la autenticación del documento. … … 758 753 \subsection{La emisión y recepción de mensajes de datos} 759 754 760 Para que un mensaje de datos sea tomado como v alido el receptor debe conocer quien es el signatario remitente para poder establecer las obligaciones que pueden surgir entre ellos, LMDFE establece en el Capítulo III lanormas de emisión y recepción de los mensajes de datos.761 Así las partes podrán establecer un procedimiento determinado para reconocer queel mensaje como emitido, en caso de existir un desacuerdo entre el emisor y el receptor, se entenderá que el mensaje fue enviado cuando\footnote{Decreto con Fuerza de Ley Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas(artículos del 9 al 15), Gaceta Oficial N\grados 37148 del 28 de febrero de 2001}:755 Para que un mensaje de datos sea tomado como válido el receptor debe conocer quién es el signatario remitente para poder establecer las obligaciones que pueden surgir entre ellos. La LMDFE establece en el Capítulo III las normas de emisión y recepción de los mensajes de datos. 756 Así las partes podrán establecer un procedimiento determinado para reconocer el mensaje como emitido, en caso de existir un desacuerdo entre el emisor y el receptor, se entenderá que el mensaje fue enviado cuando\footnote{Decreto con Fuerza de Ley Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas(artículos del 9 al 15), Gaceta Oficial N\grados 37148 del 28 de febrero de 2001}: 762 757 763 758 … … 767 762 \item Una persona autorizada para actuar a nombre del emisor lo haya enviado. 768 763 769 \item Un sistema de información ha sido programado por el emisor o bajo su autorización, para qu é enviéel mensaje de manera automática.770 \end{itemize} 771 772 Con relación a la oportunidad de la emisión, el mensaje se tendrá por emitido cuando el emisor lo remita mediante sistema de Información al destinatario, salvo acuerdo contrario entre las partes.773 774 Para la oportunidad de recepción la LMDFE plantea varias reglas, se tendrá el mensaje por recibido:775 776 \begin{itemize} 777 \item En caso de que el destinatario cuente con sistema de información para tales fines, recepción de mensajes,se tendrá por recibido en el momento en que ingrese al sistema.778 779 \item En caso de no existir tales sistema de recepción, se entenderá por recibido, salvo acuerdo encontrario, en el momento en que el mensaje de datos ingresa a un sistema empleado por el destinatario frecuentemente para tales fines.780 781 \end{itemize} 782 783 El lugar de emisión del mensaje de datos será aquel donde el emisor tenga su domicilio, y el lugar de recibido e n el domicilio de el receptor, salvo prueba en contrario. En cualquiera de los casoslas partes podrán establecer reglas relativas a la emisión y recepción de los mensajes, tales como, acuse de recibido, plazos de recepción y emisión, en caso de que no exista un plazo establecido por las partes con respecto a la recepción se tendrá por emitido dentro de las 24 horas a partir de su emisión.784 785 786 \subsection{Confidencialidad de los mensajes de Datos}787 788 La LMDFE establece que los mensajes de datos se regular an por los preceptos Constitucionales con el fin de garantizar el derecho a la información y a la privacidad, el artículo 48 la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:764 \item Un sistema de información ha sido programado por el emisor o bajo su autorización, para que envíe el mensaje de manera automática. 765 \end{itemize} 766 767 Con relación a la oportunidad de la emisión, el mensaje se tendrá por emitido cuando el emisor lo remita mediante un sistema de información al destinatario, salvo acuerdo contrario entre las partes. 768 769 Para la oportunidad de recepción, la LMDFE plantea varias reglas y se tendrá el mensaje por recibidos: 770 771 \begin{itemize} 772 \item En caso de que el destinatario cuente con un sistema de información para tales fines (recepción de mensajes) se tendrá por recibido en el momento en que ingrese al sistema. 773 774 \item En caso de no existir tales sistema de recepción, se entenderá por recibido, salvo acuerdo contrario, en el momento en que el mensaje de datos ingresa a un sistema empleado por el destinatario frecuentemente para tales fines. 775 776 \end{itemize} 777 778 El lugar de emisión del mensaje de datos será aquel donde el emisor tenga su domicilio, y el lugar de recibido el domicilio del receptor, salvo prueba en contrario. En cualquiera de los casos, las partes podrán establecer reglas relativas a la emisión y recepción de los mensajes, tales como, acuse de recibido, plazos de recepción y emisión, en caso de que no exista un plazo establecido por las partes con respecto a la recepción se tendrá por emitido dentro de las 24 horas a partir de su emisión. 779 780 781 \subsection{Confidencialidad de los mensajes de datos} 782 783 La LMDFE establece que los mensajes de datos se regulará por los preceptos Constitucionales con el fin de garantizar el derecho a la información y a la privacidad, el artículo 48 la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece: 789 784 790 785 \begin{quote} … … 792 787 \end{quote} 793 788 794 Argumentos estos que se concatenan con los establecido en la Ley de Infogobierno en el Artículo 25: 795 "...el uso de las tecnologías de información por el Poder Público y el Poder Popular comprende la protección del honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación de las personas; en consecuencia, está sujeto a las limitaciones que establezca la ley sobre la materia”, haciendo una analogía con el el artículo 60 mencionado ut supra". 796 797 Con lo que queda claro que para qué el mensaje de datos sea empleado válidamente en un acto jurídico de cualquier índole deberá respetar estos principios Constitucionales y cualquier violación a estos acarreara las sanciones a las que haya lugar, y por ende podrá ser refutado cómo invalido. 798 799 800 \section{La firma electrónica en LMDFE} 801 802 803 Con el fin de ofrecer garantía sobre los mensajes de datos la LMDFE establece la firma electrónica como un mecanismos de control y certificación de la información, de importancia vital pues ella permitirá atribuir la autoría del acto jurídico, otorgándole validez y confiabilidad. En este sentido establece en el artículo 16 de la Ley. 789 Argumentos estos que se concatenan con los establecidos en la Ley de 790 Infogobierno en el Artículo 25: 791 "...el uso de las tecnologías de información por el Poder Público y el Poder Popular comprende la protección del honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación de las personas; en consecuencia, está sujeto a las limitaciones que establezca la ley sobre la materia”, haciendo una analogía con el el artículo 60 mencionado \emph{\textit{ut supra}}". 792 793 Queda claro que para qué el mensaje de datos sea empleado válidamente en un acto jurídico de cualquier índole deberá respetar estos principios Constitucionales y cualquier violación a éstos acarreara las sanciones a las que haya lugar, y por ende podrá ser refutado cómo inválido. 794 795 796 \section{La firma electrónica en la LMDFE} 797 798 799 Con el fin de ofrecer garantía sobre los mensajes de datos la LMDFE se establece la firma electrónica como un mecanismo de control y certificación de la información de importancia vital pues permitirá atribuir la autoría del acto jurídico, otorgándole validez y confiabilidad. En este sentido el artículo 16 de la Ley indica:. 804 800 805 801 \begin{quote} … … 807 803 \end{quote} 808 804 809 Según \cite{URDANETA:2010} la firma electrónica esta referida al conjunto de datos electrónicos que identifican a una persona en concreto, datos estos que están vinculados al documento que se envía por medios informáticos, tal como si se tratase de la firma manuscrita o autógrafa, con lo que el receptor tiene la seguridad de quien es el emisor del mensaje y de que este a su vez no se ha modificado de forma alguna.805 Según \cite{URDANETA:2010}, la firma electrónica está referida al conjunto de datos electrónicos que identifican a una persona en concreto, datos éstos que están vinculados al documento que se envía por medios informáticos, tal como si se tratase de la firma manuscrita o autógrafa, con lo que el receptor tiene la seguridad de quién es el emisor del mensaje y que éste a su vez no se ha modificado de forma alguna. 810 806 811 807 La LMDFE la define como la “Información creada o utilizada por el Signatario, asociada al Mensaje de Datos, que permite atribuirle su autoría bajo el contexto en el cual ha sido empleado”, de esta definición se desprenden varios elementos que deben ser considerados para otorgarle la validez y eficacia probatoria: 812 808 813 809 \begin{itemize} 814 \item La información se crea por quien emite el mensaje ,815 \item La información estará vinculada a un mensaje de datos ,816 \item Permite determinar quien es el autor del m ismo.817 \end{itemize} 818 819 Para Carrillo (2005) en \cite{URDANETA:2010} la firma electrónica que se regula en la LMDFE es la denominada firma electrónica avanzada, que permite identificar cualquier cambio que se haga sobre los datos, además de estar indefectiblemente vinculada al firmante y sus datos de creación. Ahora bien mientras la firma autógrafa es una forma de aceptación y reconocimiento del contenido de lo firmado en documento escrito, la firma electrónica busca otorgarle certeza a el contenido del documento electrónico o mensaje digital, mediante métodos tecnologías que se insertan dentro del contenido mismo, que además permiten determinar el origen del instrumento y consecuentemente se aceptan las condiciones y obligaciones jurídicas que allí se plasman \cite{ODREMAN:2003}.820 821 822 \subsection{Diferencias entre la Firma Electrónica y la Firma autógrafa}810 \item La información se crea por quien emite el mensaje. 811 \item La información estará vinculada a un mensaje de datos. 812 \item Permite determinar quien es el autor del mensaje de datos. 813 \end{itemize} 814 815 Para Carrillo (2005) en \cite{URDANETA:2010} la firma electrónica que se regula en la LMDFE es la denominada firma electrónica avanzada, que permite identificar cualquier cambio que se haga sobre los datos, además de estar indefectiblemente vinculada al firmante y sus datos de creación. Mientras la firma autógrafa es una forma de aceptación y reconocimiento del contenido de lo firmado en documento escrito, la firma electrónica busca otorgarle certeza a el contenido del documento electrónico o mensaje digital, mediante métodos tecnologías que se insertan dentro del contenido mismo, que además permiten determinar el origen del instrumento y consecuentemente se aceptan las condiciones y obligaciones jurídicas que allí se plasman \cite{ODREMAN:2003}. 816 817 818 \subsection{Diferencias entre la firma electrónica y la firma autógrafa} 823 819 824 820 \begin{itemize} 825 821 \item La manera en que se estructuran es totalmente distinta. 826 822 827 \item La firma electrónica se produce a través de un software 828 829 \item La firma autógrafa se produce por la manifestación de la voluntad 830 831 \item La firma electrónica siempre est aasociada a un mensaje de datos o documento electrónico.832 833 \item La firma autógrafa siempre est aasociada a un documento escrito e impreso en papel.834 \end{itemize} 835 836 837 Sin embargo a pesar de estas diferencias, la firma electrónica tiene los mismos efectos jurídicos y finalidad sobre los documento electrónicos que la firma autógrafa sobre los escritos, pues a través de estáse puede reconocer la autoría y aceptación de los mismos.838 839 840 \subsection{Eficacia probatoria de la Firma Electrónica}841 842 El artículo 16 de la LMDFE estable los requisitos qu debe tener la firma electrónica para que sea considerada valida \cite{RONDON}:823 \item La firma electrónica se produce a través de un software. 824 825 \item La firma autógrafa se produce por la manifestación de la voluntad. 826 827 \item La firma electrónica siempre está asociada a un mensaje de datos o documento electrónico. 828 829 \item La firma autógrafa siempre está asociada a un documento escrito e impreso en papel. 830 \end{itemize} 831 832 833 Sin embargo a pesar de estas diferencias, la firma electrónica tiene los mismos efectos jurídicos y finalidad sobre los documentos electrónicos que la firma autógrafa sobre los escritos, pues a través de ésta se puede reconocer la autoría y aceptación de los mismos. 834 835 836 \subsection{Eficacia probatoria de la firma electrónica} 837 838 El artículo 16 de la LMDFE estable los requisitos que debe tener la firma electrónica para que sea considerada válida \cite{RONDON}: 843 839 \begin{itemize} 844 840 \item Los datos empleados para generarla sólo pueden producirse una vez, asegurando confidencialidad; lo que significa que solo podrá existir una clave privada, evitando la duplicación de claves. 845 841 846 \item Debe ofrecer la garantías suficientes de no ser falsificada o alterada con los avances tecnológicos, con el fin de que el mensaje de datos no sea modificado847 848 \item No puede altera el contenido del mensaje de datos asociada a esta.849 \end{itemize} 850 851 La firma electrónica que no cumpla con estos requisitos no podrá ser equiparada a la firma autógrafa, en cuyo caso, al igual que se estable para el mensaje de datos, podrá servir como elemento de convicción o indicio conforme a las regla de la sana cr itica, en cuyo caso el Juez podrá valorar la firma electrónica como presunción de autoría, siempre y cuando sea llevada como elemento probatorio en la oportunidad correspondiente, de igual forma la firma electrónica podrá ser sometida a los mecanismos de control y contradicción a los que se puede someter a la firma autógrafa, obviamente en este caso se hará mediante experiencia tecnología que permita demostrar la autenticidad, autoría y veracidad de la misma. En tal sentido aquel mensaje de datos que este vinculado a una firma electrónica debidamente Certificada, permite determinar la identidad de las partes intervinientes en un acto jurídico, garantizando la confidencialidad e inalterabilidad por medios tecnológicos del contenido al que esta asociada, teniendo estos el mismo valor probatorio de los documento escritos y con la firma autógrafa\footnote{Articulo 60 CRBV. “Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y ciudadanas y el pleno ejercicio de sus derechos.”} y el esta se garantizará mediante la emisión del Certificado electrónico, tal cómo lo establece el artículo 38 de la Ley in comento.852 853 \subsection{Obligaciones del Signatario}854 855 El artículo 19 de la LMDFE estable una serie de responsabilidades y obligaciones que tendrá el signatario o emisor de la firma Electrónica:856 857 \begin{itemize} 858 \item Actuar diligentemente con el fin de evitar el uso no autorizado de la Firma electrónica, lo que implicaría entonces que la persona debería usar por ejemplo claves que no sean fácil de identificarademás de modificarlas con cierta frecuencia.842 \item Debe ofrecer las garantías suficientes de no ser falsificada o alterada con los avances tecnológicos, con el fin de que el mensaje de datos no sea modificado. 843 844 \item No puede altera el contenido del mensaje de datos asociada a ésta. 845 \end{itemize} 846 847 La firma electrónica que no cumpla con estos requisitos no podrá ser equiparada a la firma autógrafa, en cuyo caso, al igual que se estable para el mensaje de datos, podrá servir como elemento de convicción o indicio conforme a las regla de la sana crítica, en cuyo caso el Juez podrá valorar la firma electrónica como presunción de autoría, siempre y cuando sea llevada como elemento probatorio en la oportunidad correspondiente, de igual forma la firma electrónica podrá ser sometida a los mecanismos de control y contradicción a los que se puede someter a la firma autógrafa, obviamente en este caso se hará mediante la experiencia tecnológica que permita demostrar la autenticidad, autoría y veracidad de la misma. En tal sentido aquel mensaje de datos que esté vinculado a una firma electrónica debidamente certificada, permite determinar la identidad de las partes intervinientes en un acto jurídico, garantizando la confidencialidad e inalterabilidad por medios tecnológicos del contenido al que está asociada, teniendo éstos el mismo valor probatorio de los documento escritos y con la firma autógrafa\footnote{Articulo 60 CRBV. “Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y ciudadanas y el pleno ejercicio de sus derechos.”} y se garantizará mediante la emisión del certificado electrónico, tal cómo lo establece el artículo 38 de la LMDFE. 848 849 \subsection{Obligaciones del signatario} 850 851 El artículo 19 de la LMDFE estable una serie de responsabilidades y obligaciones que tendrá el signatario o emisor de la firma electrónica: 852 853 \begin{itemize} 854 \item Actuar diligentemente con el fin de evitar el uso no autorizado de la firma electrónica, lo que implicaría entonces que la persona debería usar por ejemplo claves que no sean fácil de identificar, además de modificarlas con cierta frecuencia. 859 855 860 856 \item Notificar al proveedor de servicios sobre cualquier tipo de eventualidad, uso indebido, con respecto a la firma electrónica. 861 857 862 \item Si el Signatario o emisor no cumple con estas obligaciones sera responsable de las consecuencias del uso no autorizado de la863 \end{itemize} 864 865 866 \subsection{Ventajas de la Firma Electrónica}867 868 \cite{URDANETA:2010}hace alusión a las principales ventajas de la firma electrónica basado las características fundamentales que debe poseer:869 870 \begin{itemize} 871 \item \textbf{Integridad de la Información}: Permite detectar cualquier alteración que se haga sobre la información del mensaje de datos, durante los procesode transferencia, almacenamiento o manipulación telemática, proporcionándole seguridad al usuario.872 873 \item \textbf{Autenticidad del mensaje de Origen}: Garantiza la identidad del signatario del mensaje de datos, descartando la posibilidad de la captación o uso indebido de las contraseñas (ver sección \ref{subsubsection:firmasElectronicas}) a través deInternet.874 875 \item \textbf{No repudio en origen}: Es uno de los aspectos de seguridad de la Firma Electrónica ya que el emisor no puede negar haber enviado el mensaje o haber realizado una determinada transacción, transformándose en un elemento de prueba inequívocoya que le otorga responsabilidad al emisor.876 877 \item \textbf{Imposibilidad de Suplantarla}: La firma electrónica debidamente otorga por un proveedor de certificaciones electrónicas autorizado por SUSCERTE al emisor o usuario final mediante los dispositivos electrónicos que contengan la información sobre las claves privadas, que es usada y está bajo el exclusivo control del signatario,evita la suplantación de la firma por parte de otro ciudadano(a).858 \item Si el signatario o emisor no cumple con estas obligaciones será responsable de las consecuencias del uso no autorizado de la firma electrónica. 859 \end{itemize} 860 861 862 \subsection{Ventajas de la firma electrónica} 863 864 En \cite{URDANETA:2010} se hace alusión a las principales ventajas de la firma electrónica basado las características fundamentales que debe poseer: 865 866 \begin{itemize} 867 \item \textbf{Integridad de la información}: Permite detectar cualquier alteración que se haga sobre la información del mensaje de datos, durante los procesos de transferencia, almacenamiento o manipulación telemática, proporcionándole seguridad al usuario. 868 869 \item \textbf{Autenticidad del mensaje de origen}: Garantiza la identidad del signatario del mensaje de datos, descartando la posibilidad de la captación o uso indebido de las contraseñas (ver sección \ref{subsubsection:firmasElectronicas}) a través de la Internet. 870 871 \item \textbf{No repudio en origen}: Es uno de los aspectos de seguridad de la firma electrónica ya que el emisor no puede negar haber enviado el mensaje o haber realizado una determinada transacción, transformándose en un elemento de prueba inequívoco, ya que le otorga responsabilidad al emisor. 872 873 \item \textbf{Imposibilidad de suplantarla}: La firma electrónica debidamente otorgada, por un PSC autorizado por SUSCERTE, al emisor o usuario final mediante los dispositivos electrónicos que contengan la información sobre las claves privadas (usado bajo el exclusivo control del signatario) evita la suplantación de la firma por parte de otro ciudadano(a). 878 874 879 875 \item \textbf{Auditabilidad}: Permite el rastreo de las operaciones que se han llevado acabo por el usuario, quedando registrado confiablemente la fecha y hora de las acciones ejecutas, mediante el estampillado de tiempo (ver sección \textbf{subsubsection:estampilladoDeTiempo}). … … 882 878 883 879 884 \subsection{De la superintendencia de Certificación electrónica y los Proveedores de Servicio}885 886 Con la puesta en marcha de la Ley de Mensajes Datos y Firmas Electrónicas se crea La Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica (SUSCERTE), que es un servicio desconcentrado sin personalidad jurídica, integrado a la estructura orgánica del Ministerio del Poder Popular para la Ciencia, Tecnología e Innovación, según Decreto N\grados 6.732 de fecha 17 de junio de 2009, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N\grados 39.202. Es el organismo encargado de coordinar e implementar el modelo jerárquico de la infraestructura Nacional de Certificación Electrónica, acreditando, supervisando y controla do a los Proveedores de Servicios de Certificación (PSC) tal cómo se estable en el artículo 21 de la LMDFE, es además responsable de la Autoridad de Certificación Raíz del Estado Venezolano. Así mismo tiene como alcance proveer estándares y herramientas para implementar una tecnología de información óptimaen las empresas del sector público, a fin de obtener un mejor funcionamiento y proporcionar niveles de seguridad confiables\footnote{http://www.suscerte.gob.ve/quienes-somos/}.887 888 Y se establece para ella las siguientes competencias\footnote{Artículo 22 Decreto con Fuerza de Ley Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, Gaceta Oficial N\grados 37148 del 28 de febrero de 2001}:889 890 \begin{itemize} 891 \item Otorgar acreditación a los PSC, una vez se cumplan los requisitos establecidos en la Ley y en el Reglamento de estádel 14 de diciembre de 2004, publicado en la Gaceta Oficial N\grados 38.086.892 893 \item Revocar o suspender la acreditación cuando se incumplan requisitos y obligaciones que se establecen en la ley894 895 \item Mantener, procesar, clarificar, resguardar y custodiar el registro de P roveedores de Servicios de Certificación.880 \subsection{De SUSCERTE y los PSC} 881 882 Con la puesta en marcha de la Ley de Mensajes Datos y Firmas Electrónicas se crea La Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica (SUSCERTE), que es un servicio desconcentrado sin personalidad jurídica, integrado a la estructura orgánica del Ministerio del Poder Popular para la Ciencia, Tecnología e Innovación, según Decreto N\grados 6.732 de fecha 17 de junio de 2009, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N\grados 39.202. Es el organismo encargado de coordinar e implementar el modelo jerárquico de la infraestructura Nacional de Certificación Electrónica, acreditando, supervisando y controlando a los Proveedores de Servicios de Certificación (PSC) tal como se estable en el artículo 21 de la LMDFE. Es además responsable de la Autoridad de Certificación Raíz del Estado Venezolano. Así mismo tiene como alcance proveer estándares y herramientas para implementar tecnologías de información óptimas en las empresas del sector público, a fin de obtener un mejor funcionamiento y proporcionar niveles de seguridad confiables\footnote{http://www.suscerte.gob.ve/quienes-somos/}. 883 884 Se establece para ella las siguientes competencias\footnote{Artículo 22 Decreto con Fuerza de Ley Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, Gaceta Oficial N\grados 37148 del 28 de febrero de 2001}: 885 886 \begin{itemize} 887 \item Otorgar acreditación a los PSC, una vez se cumplan los requisitos establecidos en la Ley y en el Reglamento de ésta del 14 de diciembre de 2004, publicado en la Gaceta Oficial N\grados 38.086. 888 889 \item Revocar o suspender la acreditación cuando se incumplan los requisitos y obligaciones que se establecen en la ley. 890 891 \item Mantener, procesar, clarificar, resguardar y custodiar el registro de PSC. 896 892 897 893 \item Verificar que los Proveedores cumplan con todos los requisitos. 898 894 899 \item Supervisar las actividades de los P roveedores.895 \item Supervisar las actividades de los PSC. 900 896 901 897 \item Liquidar, recaudar, administrar las tasas por acreditación, renovación, servicios certificación y de acreditación. … … 917 913 \item Seleccionar expertos técnicos o legales que considere necesario para facilitar el ejercicio de sus funciones. 918 914 919 \item Presentar informes ante la autoridad correspondiente, e imponer sanciones 915 \item Presentar informes ante la autoridad correspondiente, e imponer sanciones. 920 916 921 917 \item Determinar la forma y alcance de los requisitos para ser PSC y su respectiva acreditación, para lo cual se apoyará en el Reglamento creado para desarrollar la normativa de acreditación. … … 923 919 \end{itemize} 924 920 925 Los P roveedores de servicios serán entonces los encargados de emitir, revocar y suspender los certificados electrónicos, cerciorándose de que estos estén vinculados a una persona natural o jurídica con el fin de que el receptor pueda asociar inequívocamente el mensaje de datos al emisor. A su vez debe facilitar los la creación del mayor número de firmas electrónicas, ofreciendo un archivo cronológico de las firmas certificadas, además la conservación de los mensajes de datos, garantizalos certificados electrónicos proporcionado por proveedores de servicio extranjeros.926 927 L os Certificados proporcionados por un PSC (en el caso de Venezolano La Fundación Instituto de Ingeniería o PROCERT) son los únicos que en Venezuela, a fecha de esta publicación, pueden garantizar la validez y titularidad de los certificados, estableciendo en artículo 43 de la LMDFE la información que debe contener el considerado valido:928 929 930 \begin{itemize} 931 \item Identificación del P roveedor de Servicios de Certificaciónque proporciona el Certificado Electrónico, indicando su domicilio y dirección electrónica.932 933 \item El código de identificación asignado al P roveedor de Servicios de Certificación por la Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica.921 Los PSC serán entonces los encargados de emitir, revocar y suspender los certificados electrónicos, cerciorándose de que éstos estén vinculados a una persona natural o jurídica con el fin de que el receptor pueda asociar inequívocamente el mensaje de datos al emisor. A su vez debe facilitar la creación del mayor número de firmas electrónicas, ofreciendo un archivo cronológico de las firmas certificadas, además la conservación de los mensajes de datos debe garantizar los certificados electrónicos proporcionado por proveedores de servicio extranjeros. 922 923 La Fundación Instituto de Ingeniería o PROCERT son los únicos que en Venezuela, a fecha de esta publicación, pueden garantizar la validez y titularidad de los certificados. 924 925 926 \begin{itemize} 927 \item Identificación del PSC que proporciona el Certificado Electrónico, indicando su domicilio y dirección electrónica. 928 929 \item El código de identificación asignado al PSC por SUSCERTE. 934 930 935 931 \item Identificación del titular del Certificado Electrónico, indicando su domicilio y dirección electrónica. 936 932 937 \item Las fechas de inicio y vencimiento del per iodo de vigencia del Certificado Electrónico.933 \item Las fechas de inicio y vencimiento del período de vigencia del Certificado Electrónico. 938 934 939 935 \item La Firma Electrónica del Signatario. … … 945 941 946 942 947 La firma electrónica se ha constituido como una forma para dar validez al documento electrónico, sin embargo la firma autógrafa incorpora con la escritura elementos propios del signatario que permiten determinar de manera fehaciente su autoría, permite a su vez el traslado y reconocimiento de ella en el exterior; la ausencia de elementos psicológicos es uno de las debilidades más profundas que enfrentan el documento que emplea la firma electrónica frente al documento tradicional.943 La Firma Electrónica se ha constituido como una forma para dar validez al documento electrónico, sin embargo la firma autógrafa incorpora con la escritura elementos propios del signatario que permiten determinar de manera fehaciente su autoría, permite a su vez el traslado y reconocimiento de ella en el exterior; la ausencia de elementos psicológicos es uno de las debilidades más profundas que enfrentan el documento que emplea la firma electrónica frente al documento tradicional. 948 944 949 En el ámbito del Derecho Penal el Código de procedimiento Penal, establece como regla las pruebas que sean apreciadas según su Libre convicción, que seria el aplicado al mensaje de datos y la Firma electrónica, sera la sana critica la forma en que se valoraran, haciendo usos de la ciencia, la lógica y las experticias\footnote{Artículo 22 Código Orgánico Procesal Penal}.950 951 La LMDFE busca entonces dar validez a los Mensajes de Datos y a la Firma electrónicas, pues se aún cuando no cumplan los requisitos necesarios para determinar su origen y certeza, pueden ser valorados por le legislador desde las reglas de la sana critica. Es evidente que con el transcurrir de los años los avances tecnológicos van reformando, a veces sin percibirlo, el proceso de interacción entre los ciudadanos a través de los medios tecnológicos y por ende también irán surgiendo nuevas obligaciones, la norma in comento brinda seguridad jurídica al respecto, resguardando no sólo la seguridad y privacidad de los usuarios, que ahora tienen más de confianza para celebrar actos jurídicos por vía electrónica. Sin embargo la norma aún es muy ambigua, muchos de los conceptos que plantea y los procedimientos no están claros; después de catorce años es propio hacer una revisión de la norma y considerar el accionar jurídico en torno a ella, ya que al hacer una revisión de la Jurisprudencia vinculada a la materia esta es muy escasa, es de suponer que las políticas para difundir los beneficios de la aplicabilidad de la misma no han sido muy efectivas, ya que no es extraño encontrar, jueces, fiscales, y defensores públicos y privados, que no sólo, desconocen, el uso y aplicabilidad,de la norma sino que le dan una errada interpretación, se trata de cambiar la forma tradicional de pensar -documento igual a un papel- y en este sentido debe darse un reimpulso a la LMDFE a fin de que cumpla realmente con el objeto para la que fue creada y sea empleada de una manera mucho más eficaz y eficiente.945 En el ámbito del Derecho Penal el Código de procedimiento Penal, establece como regla las pruebas que sean apreciadas según\textbf{ Libre Convicción Razonada}, que sería el aplicada al mensaje de datos y la firma electrónica; será la sana crítica la forma en que se valoraran, haciendo usos de la ciencia y la lógica\footnote{Artículo 22 Código Orgánico Procesal Penal}. 946 947 La LMDFE busca entonces dar validez a los Mensajes de Datos y a la Firma electrónicas, pues se aún cuando no cumplan los requisitos necesarios para determinar su origen y certeza, pueden ser valorados por el legislador desde las reglas de la sana critica. Es evidente que con el transcurrir de los años los avances tecnológicos van reformando, a veces sin percibirlo, la norma in comento brinda seguridad jurídica , resguardando no sólo la seguridad y privacidad de los usuarios, que ahora tienen más de confianza para celebrar actos jurídicos por vía electrónica. Sin embargo aún es muy ambigua, muchos de los conceptos que plantea y los procedimientos no están claros; después de catorce años es propio hacer una revisión y considerar el accionar jurídico en torno a ella, ya que al hacer una revisión de la Jurisprudencia vinculada a la materia ésta es muy escasa. Es de suponer que las políticas para difundir los beneficios de la aplicabilidad de la misma no han sido muy efectivas, ya que no es extraño encontrar, jueces, fiscales, defensores públicos y privados, que no sólo, desconocen el uso y aplicabilidad de la norma sino que le dan una errada interpretación, se trata de cambiar la forma tradicional de pensar -documento igual a un papel- y en este sentido debe darse un reimpulso a la LMDFE a fin de que cumpla realmente con el objeto para la que fue creada y sea empleada de una manera mucho más eficaz y eficiente. 952 948 953 949 … … 955 951 \section{Ley de Infogobierno} 956 952 957 Se establecen con esta Ley bases y lineamientos que rigen el uso de las tecnologías de la información y la comunicación tanto en el Poder Popular como en el Poder Público Nacional, para lo cual plantea que sea de mas fácil el acceso a la información que las instituciones del Estado venezolana ofrecen a los ciudadanos y ciudadanas, estableciendo condiciones que permiten mejorar el Servicio Público del Poder Popular, declarando, y ratificando además lo establecido en el articulo 110 de la CRBV, al declarar el interés público de las Tecnologías de información libre y profundizando en el empoderamiento del ciudadano.958 959 960 \begin{quote} 961 "Con la aprobación de la Ley de se abre un nuevo episodio en la lucha por el reconocimiento del saber como bien público. De acuerdo con el primer articulo de la Ley; la misma tiene por objeto: establecer los principios, bases y lineamientos que rigen el uso de las tecnologías de información en el Poder Público y el Poder Popular, para mejorar la gestión pública y los servicios que se prestan a las personas; impulsando la transparencia del sector público; la participación y el ejercicio pleno del derecho de soberanía; así como, promover el desarrollo de las tecnologías de información libres en el Estado; garantizar la independencia tecnológica; la apropiación social del conocimiento; así como la seguridad y defensa de la Nación". \cite{CLIC:13}962 \end{quote} 963 964 Esta Ley se hace norma para los Organos y Entes del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal, en todos los niveles del Gobierno, as i como en Distritos Metropolitanos, Dependencias Federales, el Banco Central de Venezuela, las Universidades y Institutos de Educación Universitaria Públicos, las Organizaciones del Poder Popular y demás persona de Derecho Público Nacionales, Estadales y Municipales. La Ley in comento toma como principios rectores, la igualdad, legalidad, transparencia y accesibilidad con el objetivo de desarrollar y consolidar la plataforma Nacional en tecnologías de la Información y la Comunicación para fortalecer el acercamiento entre el Estado y los ciudadanos, apoyando la constitución de un nuevo modelo que propicie el control social y la corresponsabilidad como un esquema de interrelación con los ciudadanos.953 Se establecen con esta Ley las bases y lineamientos que rigen el uso de las tecnologías de la información y la comunicación tanto en el Poder Popular como en el Poder Público Nacional, para lo cual plantea que sea más fácil el acceso a la información que las instituciones del Estado Venezolano ofrecen a los ciudadanos y ciudadanas, estableciendo condiciones que permiten mejorar el Servicio Público del Poder Popular, declarando, y ratificando además lo establecido en el articulo 110 de la CRBV, al declarar el interés público de las tecnologías de información libre y profundizando en el empoderamiento del ciudadano. 954 955 956 \begin{quote} 957 "Con la aprobación de la Ley se abre un nuevo episodio en la lucha por el reconocimiento del saber como bien público. De acuerdo con el primer artículo de la Ley; la misma tiene por objeto: establecer los principios, bases y lineamientos que rigen el uso de las tecnologías de información en el Poder Público y el Poder Popular, para mejorar la gestión pública y los servicios que se prestan a las personas; impulsando la transparencia del sector público; la participación y el ejercicio pleno del derecho de soberanía; así como, promover el desarrollo de las tecnologías de información libres en el Estado; garantizar la independencia tecnológica; la apropiación social del conocimiento; así como la seguridad y defensa de la Nación". \cite{CLIC:13} 958 \end{quote} 959 960 Esta Ley se hace norma para los Organos y Entes del Poder Público Nacional, Estadal y Municipal, en todos los niveles del Gobierno, así como en Distritos Metropolitanos, Dependencias Federales, el Banco Central de Venezuela, las Universidades y Institutos de Educación Universitaria Públicos, las Organizaciones del Poder Popular y demás personas de Derecho Público Nacionales, Estadales y Municipales. La Ley in comento toma como principios rectores, la igualdad, legalidad, transparencia y accesibilidad con el objetivo de desarrollar y consolidar la plataforma Nacional en tecnologías de la información y la comunicación para fortalecer el acercamiento entre el Estado y los ciudadanos, apoyando la constitución de un nuevo modelo que propicie el control social y la corresponsabilidad como un esquema de interrelación con los ciudadanos. 965 961 966 962 Planteando a su vez el uso intensivo de las TI para \cite{GOBIERNOELECTRONICOENVENEZUELA}: … … 968 964 \begin{itemize} 969 965 970 \item Racionalizar los tramites públicos mediante la celeridad y funcionalidad de los mismos ;971 \item Reducir gastos operativos 966 \item Racionalizar los tramites públicos mediante la celeridad y funcionalidad de los mismos. 967 \item Reducir gastos operativos. 972 968 \item Establecer un modelo que vincule y permita la interoperatividad de la información de las diferentes instituciones del gobierno hacia los ciudadanos. 973 969 \item Fortalecer el trabajo cooperativo y colaborativo entre las instituciones del Estado. 974 \item Garantizar la Seguridad de la Información y los Procesos en las dependencias de la Nación 975 \item Reducir la dependencia Tecnológica, implementado desarrollos propios que respondan a las necesidades del Estado.976 \item Potenciar los servicios públicos en l inea y el uso de las tecnologías de la Información en la Gestión Pública.977 978 \end{itemize} 979 980 \subsection{Derechos que se Otorgan en la Ley de Inforgobierno}970 \item Garantizar la Seguridad de la Información y los Procesos en las dependencias de la Nación. 971 \item Reducir la dependencia extranjera en materia Tecnológica, implementado desarrollos propios que respondan a las necesidades del Estado. 972 \item Potenciar los servicios públicos en línea y el uso de las tecnologías de la Información en la Gestión Pública. 973 974 \end{itemize} 975 976 \subsection{Derechos que se otorgan en la Ley de Inforgobierno} 981 977 982 978 \begin{enumerate} 983 \item A dirigir peticiones al Poder Público y al Poder Popular mediante las Tecnologías de la Información.984 \item Acceso a los Documentos y Expedientes Propios.985 \item Obtener Información de la APN a través de los medios electrónicos, siendo tarea del PoderePúblico la preservación, conservación, y seguridad de los documentos alojados en estos medios.979 \item Dirigir peticiones al Poder Público y al Poder Popular mediante las Tecnologías de la Información. 980 \item Acceso a los documentos y expedientes propios. 981 \item Obtener información de la Administración Pública Nacional a través de los medios electrónicos, siendo tarea del Poder Público la preservación, conservación, y seguridad de los documentos alojados en estos medios. 986 982 \item Participación en la promoción de los servicios y uso de las tecnologías de información 987 \item protección de los datos personales.983 \item Protección de los datos personales. 988 984 \end{enumerate} 989 985 990 986 991 987 992 Asimismo plantea el uso obligatorio de los servicios de Certificación y Firma Electrónica, para garantizar la integridad, confidencialidad, autenticidad, y disponibilidad de la información para que está pueda ser toma como documento Público y tenga la misma validez probatoria de estos\footnote{Ley de Infogobierno Gaceta Oficial N\grados 40274, de fecha 17 de agosto de 2014}.993 994 995 Con esta ley se sustituye por completo el Decreto 3390 sobre el uso de software libre en APN y así lo indica en la disposición derogatoria primera de la LDI estableciendo a su vez en el articulo 34\footnote{Ley de Infogobierno Gaceta Oficial N\grados 40274, de fecha 17 de agosto de 2014}.988 Asimismo plantea el uso obligatorio de los servicios de certificación y firma electrónica para garantizar la integridad, confidencialidad, autenticidad, y disponibilidad de la información para que ésta pueda ser toma como documento público y tenga la misma validez probatoria de estos\footnote{Ley de Infogobierno Gaceta Oficial N\grados 40274, de fecha 17 de agosto de 2014}. 989 990 991 Con esta Ley se sustituye por completo el Decreto 3390 sobre el uso de software libre en APN y así lo indica en la disposición derogatoria primera de la LDI estableciendo a su vez en el articulo 34\footnote{Ley de Infogobierno Gaceta Oficial N\grados 40274, de fecha 17 de agosto de 2014}. 996 992 997 993 \begin{quote} … … 999 995 \end{quote} 1000 996 1001 Sin embargo de acuerdo con lo que establece en el Art. 66 de la Ley de Inforgobierno, la nueva comisi on Nacional de las Tecnologias de la Información podrá autorizar la adquisición y es el uso de software no libre (unicamente) \textbf{cuando no exista un programa desarrollado que lo sustituya}, o cuando se encuentre en \textbf{riesgo la Seguridad y la Defensa de la Nación}.1002 1003 1004 En igual orden de ideas el articulo 74 y siguientes establecen que, aunque toda información en poder de lo Entes y Organos del Poder Público será de caracter público, cuando dicha información se refiera \textbf{a la Seguridad y defensa de la Nación o/y} más específicamente cuando la información, cuando la información trate \textbf{sobre el honor la vida privada, la intimidad, la propia imagen, la confidencialidad, y la reputación de las personas, la misma sera de carácter confidencial}\footnote{Véase artículo 60 de la Ley de Infogobierno de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.}. En caso que cualesquiera Ente o Institucion del Poder Público requiera ese tipo de información de los ciudadanos deberá informarle al particular: (i) \textbf{que la información automatizada; (ii) su propósito uso y con quien sera compartida; (iii) las opciones que tienen para ejercer el derecho de acceso, ratificación, supresión y oposición al uso de la referida Información\footnote{Véase Derecho de Habeas Data.}; (iv) las medidas de seguridad\footnote{http://www.araquereyna.com/es/alerta-legal/publicada-nueva-ley-de-infogobierno 21/08/2014}}.997 Sin embargo de acuerdo con lo que establece en el Art. 66 de la Ley de Inforgobierno, la nueva comisión Nacional de las Tecnologías de la Información podrá autorizar la adquisición y es el uso de software no libre (unicamente) \textbf{cuando no exista un programa desarrollado que lo sustituya}, o cuando se encuentre en \textbf{riesgo la Seguridad y la Defensa de la Nación}. 998 999 1000 En igual orden de ideas, el artículo 74 y siguientes establecen que, aunque toda información en poder de los Entes y Organos del Poder Público será de caracter público, cuando dicha información se refiera \textbf{a la Seguridad y defensa de la Nación o/y} más específicamente cuando la información trate \textbf{sobre el honor la vida privada, la intimidad, la propia imagen, la confidencialidad, y la reputación de las personas, la misma será de carácter confidencial}\footnote{Véase artículo 60 de la Ley de Infogobierno de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.}. En caso que cualesquiera ente o institución del Poder Público requiera ese tipo de información de los ciudadanos deberá informarle al particular: (i) \textbf{que la información automatizada; (ii) su propósito de uso y con quien será compartida; (iii) las opciones que tienen para ejercer el derecho de acceso, ratificación, supresión y oposición al uso de la referida información\footnote{Véase Derecho de Habeas Data.}; (iv) las medidas de seguridad\footnote{http://www.araquereyna.com/es/alerta-legal/publicada-nueva-ley-de-infogobierno 21/08/2014}}. 1005 1001 1006 1002 Es importante conocer el carácter obligatorio del uso de las Tecnologías de Información en el ejercicio de las competencias del Poder Público. … … 1010 1006 \subsection{Sanciones que contempla Ley de Infogobierno} 1011 1007 1012 Art iculo 81 de la Ley de Infogobierno: "todas aquellas personas que en el ejercicio de una función pública, incurren en responsabilidad , serán sancionadas por la Comisión Nacional de las Tecnologías de Información, según el procedimiento previsto establecido en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, con multa comprendida entre cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) y quinientas Unidades Tributarias (500 U.T.), por las siguientes infracciones:1008 Artículo 81 de la Ley de Infogobierno establece: "todas aquellas personas que en el ejercicio de una función pública, incurren en responsabilidad , serán sancionadas por la Comisión Nacional de las tecnologías de información, según el procedimiento previsto establecido en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, con multa comprendida entre cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) y quinientas Unidades Tributarias (500 U.T.), por las siguientes infracciones: 1013 1009 1014 1010 \begin{enumerate} 1015 \item Omitan la elaboración, presentación o implementación del Plan Institucional de Tecnologías de Información, en los términos señalados en la Ley y en la normativa aplicable.1011 \item Omitan la elaboración, presentación o implementación del Plan Institucional de tecnologías de información, en los términos señalados en la Ley y en la normativa aplicable. 1016 1012 \item Cuando ordenen o autoricen el desarrollo, adquisición, implementación y uso de programas, equipos o servicios de tecnologías de información que no cumplan con las condiciones y términos establecidos en la Ley y normativa aplicable a la materia, sin previa autorización de la autoridad competente. 1017 1013 \item Cuando incumplan las normas instruccionales, normas técnicas y estándares dictados por la autoridad competente de conformidad con la ley. … … 1023 1019 \item Cuando niegue, obstaculice o retrase la prestación de un servicio de información. 1024 1020 \item Cuando niegue o suministre en forma completa o inexacta información sobre el uso de las tecnologías de información, seguridad informática o interoperabilidad. 1025 \item Exigir la consignación, en formato físico, de documentos que contengan datos de autoría, información o documentos que se intercambien electrónicamente.1021 \item Al exigir la consignación, en formato físico, de documentos que contengan datos de autoría, información o documentos que se intercambien electrónicamente. 1026 1022 \item Cuando incumplan los niveles de calidad establecidos para la prestación de los servicios de información. 1027 \item Celebrar, por sí o por intermedio de terceros, acuerdos que tengan por objeto, el intercambio1023 \item Al Celebrar, por sí o por intermedio de terceros, acuerdos que tengan por objeto, el intercambio 1028 1024 electrónico de datos, información o documentos con otros órganos o entes del Estado, sin la autorización previa de la autoridad competente". 1029 1025 1030 1026 \end{enumerate} 1031 1027 1032 Nótese que este régimen sancionatorio de Ley abarca, consolida, y contiene las normas, derechos y le leyes desarrollados ut supra, el Derecho Habeas Data, numerales 7mo, 8vo, 9no, 10mo, LMDFE numerales 5to y 6to, Ley Especial de Delitos Informáticos numeral 10ero; incluye en una sola norma los principios generales de todas aquellas que en materia de tecnologías de la Información se han venido aplicando hasta la fecha.1033 1034 En resumen La Ley de Inforgobierno busca la integración de aspectos Nacionales, económicos, sociales y políticos, minimizando la brecha digital que a impedido a los ciudadanos el acceso a la información que debe proveer la Instituciones del Estado. La Ley pretende establecer el infogobierno como un eje transversal para mejorar y las políticas públicas para el desarrollo de la nación.1028 Nótese que este régimen sancionatorio de Ley abarca, consolida, y contiene en si misma las normas, derechos y leyes desarrollados \textbf{ut supra}, el Derecho \textit{Habeas Data}, numerales 7mo, 8vo, 9no, 10mo, la LMDFE numerales 5to y 6to, Ley Especial de Delitos Informáticos numeral 10ero; incluye en una sola norma los principios generales de todas aquellas que en materia de tecnologías de la información se han venido aplicando hasta la fecha. 1029 1030 En resumen, la Ley de Inforgobierno busca la integración de aspectos Nacionales, económicos, sociales y políticos, minimizando la brecha digital que ha impedido a los ciudadanos el acceso a la información que debe proveer la Instituciones del Estado. La Ley pretende establecer el Infogobierno como un eje transversal para mejorar y las políticas públicas para el desarrollo de la Nación. 1035 1031 1036 1032 … … 1038 1034 \section{Otras normas aplicables} 1039 1035 1040 \subsection{Decreto 825 }1041 Es la base de las normas desarrolladas en materia Informática en el Estado Venezolano, a partir fue declarado el acceso y uso de la Internet como política pública, este decreto dispuso las directrices a seguir por la APN para que fuese inserta en las tecnologías de la información en todos los ámbitos Nacionales y de Estado, estableciendo que se debia incoporar el uso de internet para el funcionamiento operativo de los Organismos Públicos tanto interna como externamente, ademas de indicar que se debía hacer uso preferente de Internet en las relaciones con los particulares y para la prestación de servicios comunitarios de cualquiera que ofrezca para atender al necesidades de las ciudadanas yciudadanos del Estado Venezolano\footnote{Decreto N\grados 825 Sobre el Acceso y Uso de Internet. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N\grados 36.955 de fecha 22 de mayo de 2000.}.1036 \subsection{Decreto 825 del 10 de mayo de 2000} 1037 Es la base de las normas desarrolladas en materia Informática en el Estado Venezolano, a partir de él fue declarado el acceso y uso de la Internet como política pública. Este decreto dispuso las directrices a seguir por la APN para que fuesen insertas las tecnologías de la información en todos los ámbitos Nacionales y de Estado. Plantea el uso de la internet para el funcionamiento operativo de los Organismos Públicos tanto interna como externamente, además de indicar el uso preferente de está en las relaciones con los particulares y para la prestación de servicios comunitarios de cualquiera que ofrezca para atender las necesidades de las ciudadanas y los ciudadanos del Estado Venezolano\footnote{Decreto N\grados 825 Sobre el Acceso y Uso de Internet. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N\grados 36.955 de fecha 22 de mayo de 2000.}. 1042 1038 1043 1039 \subsection{Ley Orgánica para la Ciencia, Tecnología y Innovación} 1044 1040 1045 Establece los principios que deben orientar la ciencia, tecnología y la innovación en Venezuela, definiendo los lineamientos que orienten la políticas y estrategias del Estado en está materia, con la implementación de mecanismos institucionales para el estimulo, fomento y promoción de la investigación, la apropiación social del conocimiento. Asignando en el artículo 18 la tarea al ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación de establecer la políticas para la generación de la red Nacional en esta materia, respetando la diversidad, así como el carácter multipluricultual que caracteriza al Estado Venezolano; de igual forma debe resguardar la inviolabilidad del carácter confidencial de los datos electrónicos obtenidos en el ejercicio de las funciones de los Órganos y Entes Públicos y velar por la democratización del acceso a las tecnologías de la información\footnote{Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación, Gaceta Oficial N\grados 39575 del 16 de septiembre de 2010. (art 1,2 y 22)}1041 Establece los principios que deben orientar la ciencia, tecnología y la innovación en Venezuela, definiendo los lineamientos que orienten las políticas y estrategias del Estado en está materia, con la implementación de mecanismos institucionales para el estímulo, fomento y promoción de la investigación, la apropiación social del conocimiento. Asignando en el artículo 18 la tarea al ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación establecer las políticas para la generación de la Red Nacional en materia tecnológica, respetando la diversidad, así como el carácter multipluricultual que caracteriza al Estado Venezolano; de igual forma debe resguardar la inviolabilidad de la confidencial de los datos electrónicos obtenidos en el ejercicio de las funciones de los Órganos y Entes Públicos y velar por la democratización del acceso a las tecnologías de la información\footnote{Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación, Gaceta Oficial N\grados 39575 del 16 de septiembre de 2010. (art 1,2 y 22)}. 1046 1042 1047 1043 … … 1049 1045 \subsection{Ley Orgánica de la Administración Pública} 1050 1046 1051 Establece que los Organos y Entes de la APN a fin de dar cumplimiento a los principios de: \textbf{celeridad, eficacia, imparcialidad, honestidad, transparencia, confianza y buena fe, deberán} utilizar la nuevas tecnologias que se desarrollen, empleando los medios informáticos, electrónicos y telemáticos, ampara la organización y funcionamiento de la APN y sus relaciones con los ciudadanos. Asimismo establece que los documentos reproducidos por los medios mencionados \textbf{ut supra} gozan de la misma validez y eficacia del documento original siempre que medio en ellos los requisitos establece, velando por qué sean presentados de manera integra e inalterable\footnote{Ley Orgánica de la Administración Pública. Gaceta Oficial N\grados 5.890 Extraordinario del 31 de julio de 2008, (artículos 12 y 148)}. A su vez el Reglamento de está Ley plantea el fortalecimiento de la Ciencia y la tecnología, incentivando las relaciones con y dentro de los distintos sectores productivos del país.1047 Establece que los Organos y Entes de la APN a fin de dar cumplimiento a los principios de: \textbf{celeridad, eficacia, imparcialidad, honestidad, transparencia, confianza y buena fe, deberán} utilizar la nuevas tecnologias que se desarrollen, empleando los medios informáticos, electrónicos y telemáticos, para la organización y funcionamiento de la APN y sus relaciones con los ciudadanos. Asimismo establece que los documentos reproducidos por los medios mencionados \textbf{ut supra} gozan de la misma validez y eficacia del documento original siempre que medie en ellos los requisitos establece la Ley, velando por que sean presentados de manera íntegra e inalterable\footnote{Ley Orgánica de la Administración Pública. Gaceta Oficial N\grados 5.890 Extraordinario del 31 de julio de 2008, (artículos 12 y 148)}. A su vez el Reglamento de esta Ley plantea el fortalecimiento de la ciencia y la tecnología, incentivando las relaciones con y dentro de los distintos sectores productivos del país. 1052 1048 1053 1049 \subsection{Ley de Registro Público y Notariado} 1054 1050 1055 Le da validez a la firma electrónica de los funcionarios investidos con la función de certificación otorgándole el mismo valor de la firma autógrafa, asimismo se plantea como objetivo la automatización de los sistemas de registro y notariado, buscando unificar los criterios de actuación de los Registros Civiles, Subalternos, Mercantiles, y Notarias Públicas\footnote{Ley De Registro Público y del Notariado de 27 de noviembre de 2001. Gaceta Oficial N\grados 37.333}.1051 Le da validez a la firma electrónica de los funcionarios investidos con la función de certificación, otorgándole el mismo valor de la firma autógrafa. Asimismo se plantea como objetivo la automatización de los sistemas de registro y notariado, buscando unificar los criterios de actuación de los Registros Civiles, Subalternos, Mercantiles, y Notarias Públicas\footnote{Ley De Registro Público y del Notariado de 27 de noviembre de 2001. Gaceta Oficial N\grados 37.333}. 1056 1052 1057 1053 … … 1059 1055 \subsection{Ley de Instituciones del Sector Bancario} 1060 1056 1061 Establece en varios de sus artículos para conductas contrarias a hacer social cotidiano que emplean la informática como medio para obtener algún tipo de beneficiopor ejemplo:1062 1063 \textbf{Fraude Electronico}: Quien mediante la manipulación de herramientas informáticas o análogos, con animo de obtener un beneficio de ella efectué una transferencia electrónica no consentida en perjuicio del banco o instituciones similares sera penado de 8 a 10 prisión, esta misma pena será aplicada a los trabajadores del banco que se vean involucrados en este tipo de delitos.1064 1065 \textbf{Apropiación de Información de los clientes}: Quien a través de la informática se llegare a apoderar a alterar documentos, correos electrónicos o cualesquiera documentación de carácter personal remitido por un banco o institución análoga serapenado con prisión de 8 a 10 años, la misma pena aplicará para aquellos que se apoderen por los medios antes descritos de documentos, papeles o correos que reposen en los archivos del Banco, causando un perjuicio a la institución financiera.1066 1067 \textbf{Sigilo Bancario}: Prohíbe a las instituciones Bancarias, su personal, y en general a todo ente con competencia en el ámbito bancario suministrar a terceros cualquier información sobre las operaciones activas y/o pasivas, o sus usuarios, salvo de que sean autorizados por estos de forma escrita, o que sea a solicitud de los organismos establecidos en la Ley que regula la prevención de legitimación de capitales\footnote{Ley de Instituciones del Sector Bancario . Gaceta Oficial N\grados 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre de 2010}.1068 1069 Ahora bien las Instituciones del Sector Bancario cuentan con el \textbf{Sistema de Información Central de Riesgo}, que registra todos los datos crediticios de los usuarios o clientes, es decir centraliza la información de la carteras de crédito de los Bancos, registrando información sobre la identidad de las personas con créditos, que incluye actividad económica, financiera, garantías y respaldos dados por el deudor, clasificación de riesgo, tipo de crédito y estatus del mismo, en el caso de los tarjeta habientes guarda la información referente a su identidad, clasificación de riesgos, saldos, cuotas vencidas y cantidad de tarjetas. Esta información es de uso exclusivo para la instituciones del sector Bancario \cite{COLINA:05}así se establece en el artículo 90 de la Ley:1057 Plantea en varios de sus artículos conductas contrarias al quehacer cotidiano en el ámbito bancario que emplean la informática como medio para obtener algún tipo de beneficio, por ejemplo: 1058 1059 \textbf{Fraude Electronico}: Quien mediante la manipulación de herramientas informáticas o análogos, con ánimo de obtener un beneficio de ella efectué una transferencia electrónica no consentida en perjuicio del banco o instituciones similares será penado de 8 a 10 años de prisión, esta misma pena será aplicada a los trabajadores del banco que se vean involucrados en este tipo de delito. 1060 1061 \textbf{Apropiación de Información de los clientes}: Quien a través de la informática se llegare a apoderar o alterar documentos, correos electrónicos o cualesquiera documentación de carácter personal remitido por un banco o institución análoga será penado con prisión de 8 a 10 años, la misma pena aplicará para aquellos que se apoderen por los medios antes descritos de documentos, papeles o correos que reposen en los archivos del Banco, causando un perjuicio a la institución financiera. 1062 1063 \textbf{Sigilo Bancario}: Prohíbe a las instituciones Bancarias, su personal, y en general a todo ente con competencia en el ámbito bancario suministrar a terceros cualquier información sobre las operaciones activas y/o pasivas, o sus usuarios, salvo de que sean autorizados por éstos de forma escrita, o que sea a solicitud de los organismos establecidos en la Ley que regula la prevención de legitimación de capitales\footnote{Ley de Instituciones del Sector Bancario . Gaceta Oficial N\grados 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre de 2010}. 1064 1065 Las Instituciones del Sector Bancario cuentan con el \textbf{Sistema de Información Central de Riesgo}, que registra todos los datos crediticios de los usuarios o clientes, es decir, centraliza la información de la carteras de crédito de los Bancos, registrando información sobre la identidad de las personas con créditos, que incluye actividad económica, financiera, garantías y respaldos dados por el deudor, clasificación de riesgo, tipo de crédito y estatus del mismo, en el caso de los tarjeta habientes, guarda la información referente a su identidad, clasificación de riesgos, saldos, cuotas vencidas y cantidad de tarjetas; información que es para el uso de los Bancos exclusivamente \cite{COLINA:05} y así se establece en el artículo 90 de la Ley: 1070 1066 1071 1067 \begin{quote} … … 1073 1069 \end{quote} 1074 1070 1075 Este sistema de be servir entonces para llevar única y exclusivamente al data de la información y no para que actueen contra de los clientes o usuarios pues, busca el uso correcto de la información con el fin de evaluar las posibilidades crediticias de los ciudadanos; en general la información que el banco recoge de sus usuarios debe ser completamente confidencial, con lo que no podrán enajenarla de modo alguno para un objeto distinto del que les fue otorgado.1071 Este sistema debe servir entonces para llevar exclusivamente la data y no para que actué en contra de los clientes o usuarios pues, busca el uso correcto de la información con el fin de evaluar las posibilidades crediticias de los ciudadanos; en general la información que el banco recoge de sus usuarios debe ser completamente confidencial, con lo que no podrán enajenarla de modo alguno para un objeto distinto del que les fue otorgado. 1076 1072 1077 1073 … … 1079 1075 1080 1076 1081 Los procedimientos que regula la Ley pueden hacerse a través de medios electrónicos, en ella se busca incorporar la tecnología a fin de dar respuesta a los objetivos que se plantea obteniendo como resultados procedimientos más ágiles, económicos y eficientes; la ley incorpora el principio de no exclusión o discriminación de base tecnología y a su vez define en disposición transitoria:1082 1083 \begin{quote} 1084 Sexta. El Ejecutivo Nacional debe reglamentar el uso y ta aplicación de los medios electrónicos en los procesos de licitación en el registro y almacenamiento de documentos en microfilm o medios electrónicos, firma digital, transacciones electrónicas y actos por medios telemáticos, así como otros mecanismos similares, que garanticen la transparencia, autenticidad, seguridad jurídica y confidencialidad necesaria. El establecimiento de los instrumentos señalados requerirá la opinión de la Contraloría General de la República\footnote{Decreto con Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Licitaciones. Caracas, 13 de noviembre de 2001 N\grados 5.556 Extraordinaria}.1085 \end{quote} 1086 1087 1088 Es claro que la norma busca automatizar los procesos de licitaciones pues cada dia es mayor el número de personas que realizan negocios jurídicos a través de medios electrónicos, y por ende entonces establecer procedimientos que permitan determinar las obligaciones de las partes a fin de garantizar los derechos de cada una de ellos.1077 Los procedimientos que regula la Ley pueden hacerse a través de medios electrónicos, en ella se busca incorporar la tecnología a fin de dar respuesta a los objetivos que se plantea, obteniendo como resultados procedimientos más ágiles, económicos y eficientes; la Ley incorpora el principio de no exclusión o discriminación de base tecnológica y a su vez define en disposición transitoria: 1078 1079 \begin{quote} 1080 "Sexta. El Ejecutivo Nacional debe reglamentar el uso y la aplicación de los medios electrónicos en los procesos de licitación en el registro y almacenamiento de documentos en microfilm o medios electrónicos, firma digital, transacciones electrónicas y actos por medios telemáticos, así como otros mecanismos similares, que garanticen la transparencia, autenticidad, seguridad jurídica y confidencialidad necesaria. El establecimiento de los instrumentos señalados requerirá la opinión de la Contraloría General de la República"\footnote{Decreto con Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Licitaciones. Caracas, 13 de noviembre de 2001 N\grados 5.556 Extraordinaria}. 1081 \end{quote} 1082 1083 1084 Es claro que la norma busca automatizar los procesos de licitaciones pues establece procedimientos que permitan determinar las obligaciones de las partes a fin de garantizar los derechos de quienes intervienen en él a través de medios electrónicos. 1089 1085 1090 1086 1091 1087 \subsection{Código Orgánico Tributario} 1092 1088 1093 Permite que se emplee medios electrónicos o magnéticos para realizar distintas operaciones, además del pago de tributos por internet, así lo establece titulo el Titulo IV De la Administración Tributaria capitulo I Facultades, atribuciones, funciones, y deberes de la administración tributaria; Sección, Facultades, Atribuciones y Funciones Generales\footnote{Codigo Organico Tributario Gaceta Oficial número 37 305, de fecha 17 de octubre de 2011}:1094 1095 \begin{quote} 1096 \textbf{Artículo 122}. Los documentos que emita la Administración Tributaria en cumplimiento de las facultades previstas en este Código o en otras leyes y disposiciones de carácter \textbf{tributario, podrán ser elaborados mediante sistemas informáticos y se reputarán legítimos y válidos, salvo prueba en contrario}.1089 Permite que se empleen medios electrónicos o magnéticos para realizar distintas operaciones, además del pago de tributos por Internet, así lo establece el Titulo IV de la Administración Tributaria capítulo I Facultades, atribuciones, funciones, y deberes de la administración tributaria; Sección, Facultades, Atribuciones y Funciones Generales\footnote{Código Orgánico Tributario Gaceta Oficial número 37 305, de fecha 17 de octubre de 2011}: 1090 1091 \begin{quote} 1092 \textbf{Artículo 122}. Los documentos que emita la Administración Tributaria en cumplimiento de las facultades previstas en este Código o en otras Leyes y disposiciones de carácter \textbf{tributario, podrán ser elaborados mediante sistemas informáticos y se reputarán legítimos y válidos, salvo prueba en contrario}. 1097 1093 La validez de dichos documentos se perfeccionará siempre que contenga los datos e información necesarios para la acertada compresión de su origen y contenido, y \textbf{contengan el facsímil de la firma u otro mecanismo de identificación del funcionario}, que al efecto determine la Administración Tributaria. 1098 1094 … … 1106 1102 \textbf{Artículo 162}. Las notificaciones se practicarán, sin orden de prelación, en alguna de 1107 1103 estas formas: 1108 3.Por correspondencia postal efectuada mediante correo público o privado, por sistemas de comunicación telegráficos, facsimilares, electrónicos y similares siempre que se deje constancia en el expediente de su recepción. Cuando la notificación \textbf{se practique mediante sistemas facsimilares o electrónicos, la Administración Tributaria convendrá con el contribuyente o responsable la definición de un domicilio facsimilar o electrónico}.1109 1110 \end{quote} 1111 1112 El Legislador busca con estanormas modernizar y actualizar la infraestructura tecnológica de Instituciones administrativas encargadas del sector tributario, implementando para ello mecanismos que fortalezcan el sistema, con el fin de incrementar el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, así como facilitar las operaciones del comercio.1113 1114 1115 1116 \section{Legislación Internacional en el Marco de las Tecnologías de la Información}1117 El propósito de esta sección es dar una visión general del marco jurídico planteado I rracionalmente, relación a las TI a fin de comprender la orientación que se ha dado en materia legislativa, se irán presentando en primer lugar iniciativas que se han empelado como base para el desarrollo de normas y leyes en varios países del mundo así como en el desarrollo de la normativa en la República Bolivariana de Venezuela, para luego pasar a ver las particularidades de algunas naciones.1104 Por correspondencia postal efectuada mediante correo público o privado, por sistemas de comunicación telegráficos, facsimilares, electrónicos y similares siempre que se deje constancia en el expediente de su recepción. Cuando la notificación \textbf{se practique mediante sistemas facsimilares o electrónicos, la Administración Tributaria convendrá con el contribuyente o responsable la definición de un domicilio facsimilar o electrónico}. 1105 1106 \end{quote} 1107 1108 El legislador busca con está normas modernizar y actualizar la infraestructura tecnológica de Instituciones administrativas encargadas del sector tributario, implementando para ello mecanismos que fortalezcan el sistema, con el fin de incrementar el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, así como facilitar las operaciones del comercio. 1109 1110 1111 1112 \section{Legislación Internacional en el Marco de las tecnologías de la información} 1113 El propósito de esta sección es dar una visión general del marco jurídico planteado Internacionalmente, relación a las TI con el objeto de comprender la orientación que se ha dado en materia legislativa. Se irán presentando en primer lugar iniciativas que se han empelado como base para el desarrollo de normas y leyes en varios países del mundo así como en el desarrollo de la normativa en la República Bolivariana de Venezuela, para luego pasar a ver las particularidades de algunas naciones. 1118 1114 1119 1115 \subsection{Convenio Europeo para la protección de los derechos Humanos y de las Libertades fundamentales} 1120 1116 1121 Busca proteger a los ciudadanos Europeos proporcionen información personal a empresas, filiales, sitios y organismos gubernamentales y no gubernamentales en Linea quese encuentren físicamente localizados dentro del Continente Europeo o que tengas sus servidores fuera de países miembros de la Unión Europea \cite{CRISTOS:03}.1117 Busca proteger los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos Europeos, busca, entre otras cosas, resguardar la información personal que proporcionen a empresas, filiales, sitios y organismos gubernamentales y no gubernamentales a través de la Internet, cuyas sedes se encuentren físicamente localizados dentro del Continente Europeo o que tengas sus servidores fuera de países miembros de la Unión Europea \cite{CRISTOS:03}. 1122 1118 1123 1119
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